En el escrito, Luis Deleito, Secretario General de FAC-USO, anuncia que solicitaremos asimismo una ronda de entrevistas con todos los grupos parlamentarios de la UE, con el fin de conseguir solucionar por un lado las contrataciones en fraude de ley, dando soluciones a los trabajadores afectados, y por otra, la petición de aplicación del estatuto de los funcionarios europeos en España
En la cartas enviadas se solicita una reunión para poner en evidencia los graves problemas que existen en la Administración Pública, derivados de la falta de adaptación a la realidad laboral que existe en el conjunto de las Administraciones Públicas, lo que supone graves disfunciones en las relaciones laborales, y como consecuencia de ellas, un deterioro y pérdida de derechos reconocidos en el TREBEP, que afectan a todos los colectivos encuadrados en el citado Estatuto (funcionarios, Estatutarios y Laborales) ya sean funcionarios de Carrera, Fijos, Interinos, Temporales y Eventuales). Con ese objetivo nuestras propuestas necesitan modificaciones o derogaciones legales, para por ejemplo: eliminar los topes maximos de complementos de destino, establecidos por grupos o subgrupos del personal funcionario, o que los trienios tengan el mismo valor para todos los funcionarios, entre otras muchas.
Desde USO también creemos que es necesario buscar una solución general para esos trabajadores nombrados y/o contratados en fraude de ley, y que suponen casi 400.000 del total de empleados públicos, que se encuentran con un contrato o nombramiento temporal / estructural o interino, así como todos aquellos empleados públicos que en su día obtuvieron la declaración por Sentencia o Acuerdo de trabajador “indefinido NO fijo.
El objetivo es conseguir la declaración fijeza.
Ante todos estos problemas derivados de la contratación temporal y precaria muchas veces en fraude de Ley, PROPONEMOS LAS SIGUIENTES SOLUCIONES:
– Aplicar el artículo 61, punto 6 del TREBEP, para el personal funcionario interino, mediante un Concurso Excepcional de Méritos, que se establecerá por Ley, para conseguir su fijeza.
– Aplicar el articulo 61, punto 7 del TREBEP, para el personal laboral Indefinido No fijo, temporal y/o eventual con contratos en fraude de Ley, mediante un Concurso de valoración de méritos, tal como establece el citado articulo, para que sean considerados a todos los efectos personal laboral fijo.
Esperamos en los proximas semanas, tener las reuniones solicitadas con todos los Grupos politicos con representación parlamentaria.
Propuestas_sobre_AAPP_y_empleados_publicos_al_Gobierno_y_Grupos_Parlamentarios.pdf