El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Barcelona estima íntegramente el recurso de una gestora procesal interina y condena al Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya a indemnizarla con 20 días por año trabajado
FAC-USO valora como un avance jurídico relevante la sentencia dictada el 3 de julio de 2026 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Barcelona, que reconoce la existencia de abuso en la temporalidad de una funcionaria interina del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y declara su derecho a percibir una indemnización equivalente a veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, con el límite máximo de doce mensualidades.
La resolución estima íntegramente el recurso interpuesto frente al Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, tras el cese de la trabajadora como funcionaria interina sin reconocimiento de indemnización alguna.
La sentencia declara que la situación de la recurrente “constituyó objetivamente una situación de abuso del empleo público de duración determinada” y reconoce expresamente su derecho a una compensación económica en los términos previstos en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021.
Una sentencia especialmente importante en el contexto actual
Para FAC-USO, esta resolución tiene una especial relevancia porque se dicta en un momento de enorme incertidumbre jurídica para miles de empleados y empleadas públicas afectadas por años de temporalidad abusiva.
En los últimos meses, FAC-USO ya ha venido advirtiendo de que el problema de la temporalidad en el empleo público no puede cerrarse en falso ni resolverse dejando a cada persona afectada obligada a litigar individualmente durante años.
La propia Federación valoró la sentencia del TJUE de 14 de abril de 2026, asunto C-418/24, como un nuevo varapalo al modelo español, al concluir que las medidas previstas en España para sancionar la utilización abusiva de contratos temporales en el sector público no resultan conformes con el Derecho de la Unión.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea recordó en esa resolución que las respuestas utilizadas hasta ahora —la figura del indefinido no fijo, determinadas indemnizaciones tasadas, los procesos selectivos de estabilización o el régimen general de responsabilidad administrativa— no parecen suficientes por sí solas para sancionar adecuadamente el abuso ni eliminar sus consecuencias.
Posteriormente, FAC-USO también analizó la doctrina del Tribunal Supremo, que ha rechazado la fijeza automática con carácter general, pero ha abierto nuevas vías de indemnización, reparación y sanción frente a las Administraciones que abusan de la temporalidad.
En este escenario, la sentencia de Barcelona supone un nuevo paso práctico: reconoce el abuso, rechaza los argumentos exculpatorios de la Administración y concede una indemnización concreta a la trabajadora afectada.
La Administración no puede trasladar la responsabilidad a la trabajadora
Uno de los aspectos más significativos de la resolución es que el Juzgado rechaza el intento de la Administración de trasladar la responsabilidad de la situación a la propia funcionaria interina.
El Departament de Justicia defendía, entre otros argumentos, que habían existido convocatorias periódicas, que la trabajadora había tenido oportunidades para acceder a la condición de funcionaria de carrera y que su permanencia en situación de interinidad se debía a su voluntad de formar parte de una bolsa de interinos.
Sin embargo, el Juzgado descarta este planteamiento y centra correctamente el debate donde debe estar: en si la Administración ha utilizado personal temporal para cubrir necesidades estructurales, permanentes y ordinarias.
Para FAC-USO, este razonamiento es fundamental. Ninguna Administración puede pretender que el abuso desaparezca culpabilizando a la persona trabajadora por no haber superado un proceso selectivo, por permanecer en una bolsa de empleo o por aceptar nombramientos temporales cuando lo que realmente existe es una necesidad permanente de personal.
La responsabilidad del abuso no puede recaer sobre quien lo sufre. Debe recaer sobre la Administración que mantiene durante años plazas estructurales cubiertas mediante nombramientos temporales.
El Juzgado aplica la doctrina europea y reconoce indemnización
La sentencia aplica la doctrina reciente del TJUE, especialmente la sentencia de 14 de abril de 2026, asunto C-418/24, y considera que, ante la inexistencia de una medida interna suficientemente eficaz, la indemnización puede operar como instrumento adecuado para sancionar el abuso y reparar sus consecuencias.
El Juzgado recuerda que el Derecho de la Unión exige que, cuando se haya producido una utilización abusiva de relaciones de duración determinada, exista una medida efectiva para sancionar dicho abuso y eliminar las consecuencias de la infracción.
En este caso, al no existir un sistema específico de indemnizaciones que garantice plenamente la reparación del perjuicio sufrido y sancione el incumplimiento del Derecho europeo, la sentencia acude a la compensación prevista en la Ley 20/2021: veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, con el límite de doce mensualidades.
FAC-USO considera especialmente importante que la resolución reconozca expresamente que el abuso existió y que ese abuso debe tener consecuencias económicas. No estamos ante una mera declaración formal: existe una condena indemnizatoria concreta a favor de la trabajadora.
FAC-USO: “El abuso de temporalidad tiene que tener consecuencias reales”
FAC-USO lleva años denunciando que el empleo público no puede sostenerse sobre plantillas temporales que atienden necesidades permanentes. Esta situación afecta a todos los sectores de las Administraciones Públicas, incluido el ámbito de Justicia, donde la falta de cobertura estable de plazas, las cargas de trabajo y la insuficiencia de medios humanos deterioran tanto las condiciones laborales como la calidad del servicio público.
La Federación ha mantenido activa su campaña jurídica y sindical frente al fraude de ley y el abuso de temporalidad, con cientos de reclamaciones impulsadas en distintos ámbitos y con una posición clara: las Administraciones deben asumir su responsabilidad y garantizar soluciones reales, eficaces, reparadoras y disuasorias.
FAC-USO ya había valorado positivamente otras resoluciones recientes que empiezan a reconocer indemnizaciones tras años de temporalidad, como las sentencias obtenidas en Extremadura, que abrieron una vía relevante para nuevas reclamaciones.
La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Barcelona confirma que el debate sigue plenamente abierto y que existen argumentos jurídicos sólidos para reclamar consecuencias frente al abuso sufrido por el personal temporal.
Una resolución no firme, pero jurídicamente relevante
FAC-USO recuerda que la sentencia no es firme y que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
No obstante, su importancia jurídica es evidente: reconoce el abuso en el nombramiento temporal de una funcionaria interina de Justicia, rechaza responsabilizar a la trabajadora de una situación creada por la Administración y condena al Departament de Justícia a abonar una indemnización.
Para FAC-USO, este pronunciamiento debe servir para reforzar la defensa jurídica y sindical de todas las personas empleadas públicas que han sostenido durante años servicios esenciales desde una situación de precariedad injustificable.
La Federación seguirá analizando el alcance de esta sentencia y continuará exigiendo que el Gobierno y las Administraciones Públicas adopten medidas reales para acabar con el abuso de temporalidad, reparar a las personas afectadas y evitar que el incumplimiento salga gratis.
Desde FAC-USO lo volvemos a decir con claridad: no basta con reconocer el abuso. El abuso debe repararse, sancionarse y no volver a repetirse.