FAC-USO advierte de que la sentencia supone un avance importante, aunque no resuelve el problema estructural de temporalidad en el empleo público
FAC-USO valora con prudencia la nueva sentencia del Tribunal Supremo sobre abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas, una resolución que fija criterio tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 14 de abril de 2026, pero que, a juicio del sindicato, “no puede servir para cerrar en falso un problema estructural que afecta a cientos de miles de trabajadores públicos”.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha rechazado que el mero abuso en la contratación temporal permita adquirir automáticamente la condición de personal fijo en las Administraciones Públicas, al entender que el acceso a la condición de fijo debe respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad previstos en el artículo 55 del Estatuto Básico del Empleado Público.
No obstante, la resolución introduce novedades de enorme relevancia jurídica y práctica, especialmente en materia de indemnizaciones, responsabilidad de las Administraciones y reconocimiento de fijeza en determinados supuestos.
FAC-USO recuerda además que esta sentencia se refiere específicamente al personal laboral temporal al servicio de las Administraciones Públicas y no al personal funcionario interino, si bien el debate jurídico y político sobre el abuso de temporalidad vuelve a situarse en el centro del empleo público español.
El Supremo mantiene la figura del indefinido no fijo
La sentencia mantiene la figura del denominado “indefinido no fijo” para aquellos supuestos en los que exista abuso de temporalidad pero no concurran los requisitos necesarios para declarar la fijeza.
Esta figura, creada en su día por la jurisprudencia del propio Tribunal Supremo, permite reconocer una relación indefinida, aunque sin adquirir plenamente la condición de personal fijo, pudiendo extinguirse la relación laboral cuando la plaza sea cubierta reglamentariamente.
Sin embargo, el propio Tribunal Supremo reconoce ahora, en línea con la doctrina del TJUE, que la figura del indefinido no fijo “no elimina realmente la temporalidad” ni constituye por sí sola una medida suficiente para sancionar el abuso.
“El Supremo no reconoce la fijeza automática con carácter general, pero tampoco avala que la Administración pueda abusar gratis de la temporalidad. La sentencia abre escenarios importantes: fijeza en determinados supuestos, indemnizaciones calculadas conforme al TJUE y traslado a la Inspección de Trabajo”, señala Javier Toro, secretario general de FAC-USO.
La excepción: sí puede haber fijeza en determinados casos
Una de las novedades más importantes de la resolución es que el Tribunal Supremo sí admite la posibilidad de declarar la fijeza en aquellos casos en los que la persona trabajadora hubiera superado previamente un proceso selectivo de acceso fijo conforme a los principios constitucionales, aunque no hubiera obtenido plaza por insuficiencia de vacantes, y posteriormente hubiera continuado encadenando contratos temporales.
En estos supuestos, el alto tribunal mantiene la doctrina ya fijada en anteriores resoluciones, como la conocida sentencia del caso AENA de 2021.
Para FAC-USO, este aspecto confirma que el propio Tribunal Supremo reconoce ya situaciones en las que el abuso de temporalidad no puede seguir resolviéndose únicamente mediante fórmulas temporales o precarias.
La gran novedad: indemnizaciones adicionales y sanciones
FAC-USO considera que uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es el reconocimiento expreso de indemnizaciones adicionales por abuso de temporalidad, más allá de la indemnización legal tasada de 20 días por año trabajado.
El Tribunal Supremo asume así el criterio fijado por el TJUE, que había señalado que las indemnizaciones tasadas tradicionales no resultan suficientes para reparar adecuadamente el perjuicio sufrido por las personas trabajadoras víctimas de abuso.
Según la sentencia, podrán reclamarse indemnizaciones adicionales por daños materiales y también por daños morales, tomando como referencia incluso los criterios previstos en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).
Además, el Supremo establece la remisión de oficio de las sentencias a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que pueda iniciarse procedimiento sancionador contra la Administración responsable del abuso de temporalidad.
“La sentencia confirma algo que llevamos años denunciando: el abuso de temporalidad tiene que tener consecuencias reales. No basta con cambiar etiquetas ni con obligar a cada trabajador a iniciar años de litigios para defender sus derechos”, afirma Javier Toro.
El TJUE sigue marcando el camino
La resolución del Supremo llega después de la importante sentencia dictada por el TJUE el pasado 14 de abril de 2026, en el asunto C-418/24 (Obadal), donde el tribunal europeo insistió en que la figura del indefinido no fijo continúa siendo una relación temporal y que las medidas adoptadas por España hasta ahora no han resultado suficientemente eficaces para combatir el abuso.
El TJUE dejó claro que, cuando un Estado opta por una reparación económica frente al abuso de temporalidad, esta debe garantizar una compensación íntegra, proporcionada y efectiva del perjuicio sufrido, teniendo en cuenta factores como la duración acumulada de los contratos, las funciones desempeñadas o los daños derivados de la situación de incertidumbre sufrida por la persona trabajadora.
FAC-USO: “El problema sigue sin resolverse”
Desde FAC-USO se advierte de que la sentencia del Tribunal Supremo supone un avance importante en determinados aspectos, pero no implica todavía una solución definitiva al problema estructural de temporalidad existente en las Administraciones Públicas españolas.
El sindicato recuerda que lleva años denunciando públicamente esta situación y desarrollando campañas jurídicas y sindicales en defensa de las personas afectadas por abuso de temporalidad.
“Durante años nos dijeron que exagerábamos. Hoy el TJUE y el propio Tribunal Supremo reconocen que existía abuso, que deben existir consecuencias y que las Administraciones no pueden seguir utilizando la temporalidad como fórmula ordinaria de gestión de personal”, subraya Toro.
FAC-USO también llama la atención sobre el hecho de que el Tribunal Supremo admita ahora indemnizaciones adicionales en el ámbito de las Administraciones Públicas, mientras que en anteriores resoluciones relativas al sector privado rechazó tajantemente esa posibilidad.
Para el sindicato, esta diferencia evidencia la gravedad estructural del abuso de temporalidad existente en el empleo público español.
FAC-USO mantendrá activa su campaña jurídica
FAC-USO continuará analizando el alcance práctico de esta sentencia y mantendrá activa su campaña estatal de asesoramiento y reclamaciones para las personas trabajadoras afectadas por abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas.
El sindicato insiste además en que el Gobierno no puede limitarse a esperar a que los tribunales resuelvan individualmente miles de casos y reclama una solución política y normativa real, con participación plural de todas las organizaciones sindicales implicadas en esta lucha.
“No podemos seguir dependiendo de que cada trabajador tenga que litigar individualmente durante años. El Gobierno debe asumir que estamos ante un problema estructural y actuar en consecuencia”, concluye Javier Toro.
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