En BOE de 22 de publica Resolución de 20 de enero de 2016, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se publica el Acuerdo entre el Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Administración de Justicia.
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Este Acuerdo es que el que prevé entre otras cosas, la devolución de los tres días de asuntos particulares que aún nos restan por reponer, hasta alcanzar los 9 de que disfrutábamos, previa modificación de la LOPJ. Ahí es donde se plantea el problema dada la inestabilidad parlamentaria actual, que impide sacar adelante cualquier modificación de una Ley Orgánica.
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Igualmente, prevé la conversión en plantilla, en un plazo de 9 meses, de todos aquellos refuerzos estructurales con una antigüedad de al menos 3 años.
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Y también es el Acuerdo que iguala a los compañeros destinados en Territorio Ministerio en cuanto al régimen de enfermedades exentas de descuento en nómina, al régimen que ya tenían Jueces, Magistrados y Fiscales, que, por ejemplo, incluye las enfermedades infecto-contagiosas y cualquier tipo de fractura (básicamente las dos patologías que son más frecuentes y donde la Administración encontraba el mejor caladero para «pescar» en nuestras nóminas).