El Juzgado de lo Social nº 3 de Badajoz ha emitido sentencia por la que se da la razón a USO en relación a la demanda presentada contra el proceso de elecciones sindicales de la Junta de Extremadura, en la circunscripción de Mérida.
La sentencia viene a dejar sin efecto la resolución de la Mesa Electoral de fecha 21 de noviembre de 2018 y el posterior laudo arbitral que determinaron dejar fuera del proceso electoral y no proclamar a los candidatos de USO por no existir candidatos válidos, según ellos, en número suficiente para llegar al 60% de los puestos a cubrir. “No consta (según el juzgador) que por parte de la Mesa se requiriera a USO para subsanar los defectos observados que afectaban a diversas candidaturas, adoleciendo el procedimiento electoral a partir de aquí de falta de garantías”, recoge la sentencia.
A partir de ahora, la sentencia marca que “el proceso electoral debe retrotraerse nuevamente al momento de proclamación de candidaturas para que la Mesa requiera a USO la subsanación de los posibles defectos de su candidatura, así como declara la nulidad de la proclamación de candidaturas y actos derivados de ella única y exclusivamente en lo que a USO se refiere y conservando el resto de actos no afectados”.
Desde FAC-USO esperamos que la directora general de Función Pública de la Junta de Extremadura, María del Carmen Vicente Rivero dé la cara y ofrezca una explicación al respecto, así como exponga públicamente los argumentos que desembocaron en un trato manifiestamente discriminatorio hacia USO.