El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Numero 1 de Cádiz ha dictado, una interesante Sentencia de fecha 14 de Febrero de 2019, en la que estimando la Demanda interpuesta por un Trabajador -Enfermero- del Servicio Andaluz de Salud, a través de los Servicios Jurídicos de la USO, condena al mismo a:
-Resolver la solicitud del Recurrente tanto en relación al reconocimiento del Nivel de Carrera como, en el supuesto de hacerse efectivo ese Certificado, sus efectos económicos.
-A Reconocer el derecho del Actor a ser encuadrado dentro del Sistema de Carrera Profesional en el Nivel que le correspondiera, así como el reconocimiento de los efectos económicos correlativos a la atribución del Nivel Profesional Procedente…
Con ello se sanciona, a nuestro entender, la mala praxis del Servicio Andaluz de Salud de no resolver las solicitudes de reconocimiento de Nivel de Carrera Profesional… consecuencia del tramite dilatorio originado por la dejadez del SAS a la hora de dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Supremo (T.S.) del 2012 en cuanto a la designación del nuevo Comité de Valoración, con arreglo a los preceptos de la referida Sentencia del T.S… Tramite dilatorio del que consideramos que es único responsable el mismo Servicio Andaluz de Salud.
Desde los Servicios Jurídicos de la USO estamos valorando los efectos y extensión que esta Sentencia pueden tener.