La Comisión Normativa de la OIT aprobó el Convenio sobre el Acoso y la Violencia. El día 21 de junio fue refrendado en Ginebra por la Asamblea de la OIT en pleno.
En la Conferencia de su centenario, la Organización Internacional del Trabajo ofreció evidencias sobre su vigencia como organismo regulador de las fuerzas del trabajo (y, por lo tanto, de la economía): la Comisión Normativa aprobó en Ginebra el primer estándar normativo internacional para frenar el acoso y la violencia en el mundo del trabajo. Una cuestión antigua pero que se expresa en este tiempo empujada por nuevos enfoques promovidos por una realidad social en continua transformación. La Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas, a través de varios de sus miembros -entre ellos su presidente, Matías Cremonte-, participa de este y otros debates clave de la 108 Conferencia, en Suiza.
El Convenio sobre Acoso y Violencia en el Mundo del Trabajo, se prefiguraba (si algo no hay en la arena del derecho internacional son las sorpresas) que iba a ocupar el centro de las discusiones en la Conferencia del centenario, sobre la base de los adelantos trabajados en Ginebra el año pasado. Guy Ryder, al inaugurar las sesiones, había anunciado que «esta conferencia puede poner fin a la violencia y al acoso, e intentar hacer algo contra los abusos que se producen constantemente en el trabajo y esto lo tenemos que hacer». Ninguna norma, por si sola, erradica un problema social pero a nadie escapa que es un indispensable punto de partida la elaboración de un convenio que tiene efecto jurídico sobre millones de trabajadoras y trabajadores.
El Convenio tuvo en Ginebra su segundo año de doble discusión, en el marco del diálogo social, con sesiones entre grupos de trabajadores, grupos de empleadores, y asamblea tripartita con los Estados Miembros. Y el viernes 21 de junio fue sometido y refrendado en la votación para ser adoptado finalmente como convenio internacional. La aprobación fue jalonada por los avances logrados en 2018.
Si la aprobación este año es posible, lo es porque precede una vigorosa deliberación. Dos de nuestras asociadas han sintetizado y reflexionado sobre aquellos debates de modo preciso. El informe del estado del debate, previo a la Conferencia 2019, puede observarse en el informe elaborado por la Dra. Graciela Sosa: https://www.laboralistas.net/articulo_revista/la-violencia-y-el-acoso-en-el-mundo-del-trabajo/ Y el contexto social y sindical de ese debate, en otra exhaustiva nota de doctrina de la Dra. Fabiana Sosa: https://www.laboralistas.net/articulo_revista/violencia-y-acoso-en-el-mundo-del-trabajo/
Una especialista argentina en la evolución normativa del Derecho del Trabajo con perspectiva de género, la Dra. Fabiana Sosa, presente en las discusiones de Ginebra, destacó el valor de la definición, por primera vez en el plano internacional, de un núcleo de normas jurídicas «que nos proporciona herramientas para combatir el flagelo mundial del acoso y la violencia en el mundo del trabajo, si queremos construir un futuro del trabajo enfocado en las personas».
«La aprobación significa el reconocimiento del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género, y que estos comportamientos inaceptables pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos, que son una amenaza para la igualdad de oportunidades, y son incompatibles con el trabajo decente», analizó.
Y agregó: «Se reconoce la necesidad de adoptar medidas por parte de los empleadores con relación al impacto que la violencia doméstica tiene en el ámbito del trabajo, así como la inclusión de terceros como partícipes de la violencia y el acoso laboral, ya sea como autores o víctimas de la misma».
«Erradicar la violencia y el acoso del mundo del trabajo requiere de nuestro compromiso, exige una nueva mirada, nos remite a revisar las formas de relacionarnos laboralmente, teniendo en consideración una mirada interseccional, revisando aquéllas situaciones, grupos, sectores, que merecen una protección especial, y que pueden verse afectados por varios factores de discriminación, sexo, género, raza, clase, etnia, lugar de nacimiento, entre otros grupos conforme las normas internacionales del trabajo y los instrumentos internacionales de derechos humanos».
Publicado originalmente en https://www.aal.org.ar/2019/06/17/hacia-la-aprobacion-de-un-convenio-contra-el-acoso-y-la-violencia-en-el-mundo-del-trabajo/