El pasado 30 de septiembre se reunió la comisión de seguimiento para la aplicación del acuerdo sobre fondos adicionales suscrito por la administración y los sindicatos USO, CCOO y UGT el 4 de marzo de 2019.
Al principio de la reunión se manifestó, por parte de todos los presentes, la disconformidad con la tardanza en la aplicación de un acuerdo que se suponía de aplicación inmediata.
También en dicha reunión se nos entregó un calendario de aplicación de algunas de las medidas del acuerdo. En dicho calendario consta lo siguiente:
- La medida 1 correspondiente al “incremento lineal de retribuciones al personal laboral” (280€) fue aprobada por la CECIR del 30/05/19, y a pesar de que CSIF sigue empeñado en atribuirse el mérito, el acuerdo de fondos, que se negaron a firmar, es el que ha permitido que el personal laboral cobre esa cantidad.
- La medida 2 correspondiente a la “ordenación y equiparación de complementos de destino y específico mínimos” está aprobada en la CECIR del 30/07/19 para el grupo E y se prevé su aprobación para el grupo C2 en este mes de octubre.
- La medida 4 correspondiente a la “reclasificación a nivel 17 de los puestos de trabajo en las oficinas de prestación directa y específica de servicios a la ciudadanía” está prevista su aprobación en la CECIR del 03/10/19.A pesar de la insistencia de la USO en incluir en esta medida al personal destinado en las oficinas de información y asistencia al registro de las delegaciones y subdelegaciones del gobierno, nos hemos encontrado con el nulo apoyo del resto de sindicatos y una Administración poco dispuesta a atender nuestra petición, aun advirtiendo por nuestra parte de la situación de discriminación que esto generaría.
d.La medida 5 correspondiente a la “mejora retributiva del complemento específico de los puestos de trabajo de los servicios de prevención” ha sido modificada por la CECIR del 30/07/19 y se aplica con efectos del 1 de enero de 2018.
3.Hay medidas que no son de aplicación directa y que requieren previamente a su aplicación la implementación de otras o el estudio en otros ámbitos, como son:
- La medida 3 correspondiente a “la ordenación de las cuantías de complemento específico desde el nivel de complemento de destino 13 en adelante”, que requiere del establecimiento de las tablas de tramos por la comisión del punto 4.
- La medida 6 correspondiente a las “medidas retributivas del personal de la administración de justicia” que corresponde a la Mesa de Negociación del personal al servicio de la administración de justicia.
- También las medidas 3, 7, 8, 9 y 10 requieren previamente la determinación de los fondos de 2020.
A pesar de la tardanza en la aplicación de las medidas acordadas, en USO queremos ser optimistas a la vista del compromiso de la administración de agilizar la aplicación de las medidas que faltan, esperando que la administración no traicione nuevamente nuestra confianza con nuevas demoras.
Adjuntamos enlace para la descarga del documento completo del acuerdo sobre fondos adicionales:
Seguiremos informando.