En una novedosa sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictamina que se debe declarar el derecho de los auxiliares de enfermería de disponer, dentro de su jornada laboral, de diez minutos para su aseo personal antes de la comida y de otros diez minutos antes de abandonar el trabajo.
En la sentencia, que no es firme, ya que cabe recurso de casación ante el Supremo, el TSJ declara que este derecho se debe de declarar en los trabajadores y trabajadoras que realizan jornadas de doce horas, aunque en el caso de las jornadas de siete horas también reconoce el derecho de los auxiliares de enfermería de disponer dentro de su jornada de trabajo de diez minutos para su aseo antes de abandonar su turno.