Comisión Paritaria
El sindicato ha reclamado ante la inspección la vuelta a la normalidad en la celebración de las comisiones paritarias, ante la insistencia de la empresa en realizar convocatorias virtuales que maniatan la capacidad de expresión y representatividad de las organizaciones sindicales, atentando contra la propia libertad sindical, a juicio de la Unión Sindical Obrera.
El recurso a este tipo de convocatorias y la negativa de Teresa Valdenebro a incluir en los órdenes del día los puntos propuestos por los sindicatos ha provocado la suspensión de varias comisiones. USO considera que se produce un abuso constante del manejo de esta comisión por parte de su presidenta, desaparecida de la actividad municipal y corresponsable del embrollo acumulado en materia de personal.
Reglamento de funcionamiento de esta comisión paritaria.
Para intentar encauzar el funcionamiento razonable de esta Comisión, los sindicatos trasladaron hace meses una propuesta de Reglamento de esta comisión, que no ha sido ni contestada ni debatida por la empresa. Del funcionamiento irregular de esta comisión deja constancia la reciente Sentencia del TSJCyL 00479/2021, que USO ha trasladado a la Inspección, al objeto de que pueda contribuir a entender el trasfondo alegal, ilegal y laboral en que se mueven las políticas de personal en el Ayuntamiento de Soria.
El abuso generalizado y atentatorio a la libertad sindical y pleno ejercicio de la capacidad representativa de los agentes sociales se agravó durante la pandemia y se ha mantenido tras la finalización del ilegal Estado de Alarma, en el que se ampara el Ayuntamiento de Soria, esgrimiendo una obsoleta Resolución de Alcaldía..
Aprobación de actas e incumplimiento de Acuerdos.
Dentro del funcionamiento irregular de la Comisión Paritaria se incluye el ocultismo practicado por Valdenebro, que ni siquiera incluye en los ordenes del día los borradores de las actas anteriores. Estas actas, meros borradores pendientes de aprobación, se acostumbran a presentar muchos muchos meses después de celebrada la comisión, propiciando la correspondiente inseguridad jurídica, marca de la gestión de personal en el Ayuntamiento de Soria.
En este sentido, respecto del proceso selectivo abierto para cubrir cuatro plazas de TAG, se incumplieron los acuerdos pactados para la oferta de empleo público, que incluía dos de esas plazas, de promoción interna y por concurso oposición, sistema acordado por las partes en pasada comisión.
Publicadas las bases, para sorpresa sindical y ante la convocatoria de las plazas de promoción interna por sistema de oposición, se formuló recurso invocando el acuerdo de paritaria, recurso que no fue contestado. Finalmente dos de estas plazas correspondientes a la presunta promoción interna fueron convocadas como oposición, en claro perjuicio de la carrera profesional del funcionariado municipal.
Tribunales de Selección de personal.
El Ayuntamiento de Soria erradicó de los tribunales de selección a los vocales propuestos por los órganos de representación del personal. De esta forma, vulnera el derecho de Junta de personal y Comité de Empresa recogido en el Acuerdo Convenio colectivo, a proponer vocales, pese a cumplir el obligado perfil técnico, titulación exigida y ausencia de ostentación de cargo o responsabilidad sindical orgánica o representativa de ningún tipo.
De esta forma, la conformación de los Tribunales de Selección queda por entero a merced de la Alcaldía, excluyendo a los sindicatos de su participación y fiscalización de los procesos selectivos en el Ayuntamiento de Soria.
Plan de Igualdad.
Para la USO, el hecho indubitado de que una proporción importante de trabajadores municipales sujetos a situaciones de temporalidad sea mujer, pone en evidencia la doble moral ejercida por el equipo de gobierno en relación con la Igualdad.
La presunta «transversalidad» que invoca el Ayuntamiento en todas sus políticas parecen no regir en el ámbito de la precisa y obligada negociación de su propio «Plan de Igualdad».
Mientras no se escatiman recursos destinados al activismo institucional en la materia, la empresa es refractaria a plantear un proceso de negociación del Plan, saltándose la Ley, pretendiendo imponer con carácter previo postulados ideológicos, ajenos a un proceso técnico de negociación truncado por la negativa de la empresa a facilitar la relación del personal municipal, RPT, negativa que de entrada hace imposible conocer, de manera solvente, la situación real de la mujer en el ámbito interno del Ayuntamiento de Soria, castigada doblemente por la temporalidad y por cercenar sus posibilidades de promoción personal y laboral en el Ayuntamiento de Soria.
En consecuencia, el sindicato ha trasladado a la Inspección que en materia del Plan de Igualdad no se ha avanzado nada, reiterando la denuncia de la USO sobre el asunto de marzo de 2020. En aquella ocasión, el sindicato demandó la imposición de una sanción por falta grave, que pasado el tiempo solo puede considerarse «gravísima», confiando en que la Inspección actúe, de una vez, en consecuencia.
Fondo socio sanitario
Fue el caramelo envenenado del Acuerdo / Convenio colectivo. Todavía se recuerdan las mentiras del entonces concejal de Personal y hoy procurador en Cortes, Ángel Hernández, de ingrato recuerdo, que juró y perjuró la aplicación del fondo «al día siguiente de la firma del convenio». Tres sindicatos firmaron el convenio colectivo. Seis años después no se ha repartido ni un euro de ese fondo y los firmantes siguen mudos.
Fraude a la Seguridad Social.
El despropósito administrativo de la organización municipal, con un buen número de vacantes en unas plantillas tremendamente ajustadas, encontró soporte en una disposición adicional del convenio colectivo que permite la utilización recurrente de empleados libres de servicio para cubrir necesidades de personal, mediante la figura de la denominada “sustitución”, que supone en muchos casos la compensación de servicios al 50% del valor hora, el exceso generalizado de jornadas de trabajo en Servicios como Bomberos y Policía, camuflando la realización de una importante cantidad de horas extraordinarias, lo que apareja un presunto y reiterado fraude de las cotizaciones sociales de la empresa y un nuevo incumplimiento del marco laboral municipal.
La utilización de este recurso provoca en ocasiones, de manera surrealista, que personal que presta el mismo servicio puede ser retribuido de tres maneras diferentes, en función de prestar servicio normal por turno, por realizar horas extraordinarias o por ser requerido fuera de turno al amparo de cubrir una «sustitución», provocando evidentes agravios comparativos incompatibles con la condición y dignidad de «empleados públicos» del Ayuntamiento de Soria.
Temporalidad en el empleo. Terrorismo patronal en el Ayto de Soria.
El Ayuntamiento de Soria siempre es capaz de superarse a sí mismo. En esta ocasión el tope máximo fijado para la temporalidad del personal, fijado en un tope del 5% se multiplica por diez, en linea con la pretensión patronal de contar con un personal que tiene que saber en todo momento que su pan depende de la voluntad de la empresa de seguir o no renovando sus contratos. Terrorismo patronal marca del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Soria.
Estas políticas se fundamentan en la ausencia sistematizada de ofertas de empleo de plazas vacantes o cubiertas provisionalmente. A la acumulación de contratos temporales se suma la multiplicación de los funcionarios interinos. El sindicato ha denunciado muchas veces que para este equipo de gobierno, la figura del funcionariado de carrera es un objetivo a batir.
El Ayuntamiento ha fomentado de manera deliberada el agravio comparativo entre buena parte del personal y la creación de muchos intereses, algunos legítimos y otros imposibles de defender con argumentos basados en la igualdad y el mérito para el acceso al empleo público en el Ayuntamiento de Soria. Seguimos a la espera, desde el año 2013, de conocer su propuesta de RPT. Una situación alegal e impresentable en el ámbito de una administración pública que ha adquirido aires de cortijo.
Por todo ello, USO ha solicitado la intervención de la Inspección al objeto de investigar lo denunciado y obligar al cumplimiento por parte del Ayuntamiento de Soria de sus obligaciones legales y laborales, así como el respeto a la libertad sindical y pleno ejercicio de la función representativa de delegados, secciones sindicales y órganos de representación del personal.
El sindicato lamenta que pese a haber ofrecido a otras organizaciones la posibilidad de realizar una denuncia conjunta, estas hayan apostado por callar y seguir ejerciendo su papel de correa de transmisión de la patronal capitalina.