Con fecha 18 de julio de 2022 se ha suscrito el convenio entre la Mutualidad General Judicial y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos para facilitar el acceso a los servicios de podología a los mutualistas y beneficiarios de la Mutualidad General Judicial.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto formalizar la colaboración entre la Mutualidad General Judicial y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, para facilitar el acceso a todos los mutualistas y beneficiarios de la MUGEJU a los servicios de podología previstos en el Anexo I, que serán prestados por aquellos podólogos integrados en cualquiera de los correspondientes colegios oficiales que, de forma libre y voluntaria, acepten acogerse a las cláusulas que lo integran.
Contenido y ámbito del convenio.
El presente convenio especifica los servicios de podología a los que el colectivo asegurado podrá acceder, establece los precios máximos por servicios que habrán de abonar los asegurados de la MUGEJU a los podólogos que les atiendan, así como las obligaciones que éstos deben asumir, define los beneficiarios que pueden acogerse al mismo y su forma de identificación, y establece las obligaciones de difusión de su contenido y de intercambio de información que asume cada una de las partes.
El convenio será de aplicación en todo el territorio nacional.
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