El Supremo admite a trámite la demanda de SISEX-USO contra el reglamento de la carrera diplomática

Si tan solo hace unos días informábamos de la destitución del Embajador de España en Bélgica como consecuencia de una Inspección efectuada a instancias de la denuncia realizada por el Sindicato Independiente del Servicio Exterior – Unión Sindical Obrera -SISEX USO-, ahora es el Reglamento de Carrera Diplomática el que ha sido Recurrido ante el Tribunal Supremo por nuestro Sindicato.

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite la Demanda interpuesta por SISEX-USO contra el Reglamento de la Carrera Diplomática que regula los nombramientos y ascensos en este Cuerpo de Funcionarios y que aprobó el Gobierno el pasado 2014.

En la Demanda, presentada ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, acusamos al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de haber infringido las normas básicas en materia de Negociación Colectiva, al no haber -realmente- negociado con ninguna de las Organizaciones Sindicales legitimadas el contenido del Reglamento. Recordar que SISEX-USO es el Sindicato mayoritario en este ámbito.

En la Demanda también denunciamos que según este Reglamento la Libre Designación es el Sistema General de Provi­sión de Puestos de Trabajo en el Extranjero, incumpliendo así el Regla­mento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administra­ción General del Estado, en el que se establece que el Sistema General de asignación de destinos es el de Concurso… y la Libre Designa­ción la excepción, siempre motivada… De esta forma, y ante la ausencia de motivación de la necesidad de recurrir a este Sistema, con el Reglamento impugnado se pervierte el Sistema de nombramientos, posibilitando el favoritismo de las designaciones particulares… o lo que es lo mismo… la dedocracia, cuando no, la autarquía…

En cuanto a los ascensos se denuncia que el Reglamento lejos de instaurar un Sistema real de promoción basado en el prin­cipio de igualdad, mérito y ca­pacidad, en las categorías in­feriores se apueste únicamente por la antigüedad, sin tener en cuenta otros méritos. Mientras que para las categorías superiores el Reglamento prevé un examen cuyos requisitos, parámetros evaluadores y ba­remos de calificación resul­tan inexistentes… o lo que es lo mismo… nuevamente dedocracia y/o autarquía…

Desde la FAC-USO valoramos muy positivamente la decisión del Tribunal Supremo al admitir nuestra Demanda, y aunque somos conscientes de las dificultades que entraña su estimación, pues el Ejecutivo ya ha puesto en contra de la misma toda su artillería a través de la Abogacía del Estado, acogiéndose a argumentos propios del siglo XIX para defender este arcaico sistema de designación… desde SISEX-USO vamos a seguir denunciando este tipo de normativa y/o comportamientos que a nuestro entender vulneran, entre otras, no solo la normativa de Provisión de Puestos, sino la propia Constitución… Y como no, los principios de igualdad, mérito y capacidad, pretendiendo imponer como normal, lo que es anormal o a lo sumo excepcional, como es la designación a dedo, el corporativismo mal entendido, la autarquía, así como la supremacía de otro tipo de  intereses… de muy difícil justificación.

Reclamaciones por Contrataciones en Fraude de Ley

Defendemos tus derechos frente a contratos irregulares, velando por la legalidad laboral.

Ponte al día
¿Quieres recibir nuestras noticias en tu correo?
Enlaces de interés