En un comunicado, la sección Sindical de FAC-USO en el Ayuntamiento de Badajoz denuncia el abuso de contratos públicos por el procedimiento negociado sin publicidad en la categoría (sector) servicio.
Tras recibir varias quejas de empresas del sector, desde USO se quiere poner de manifiesto el sobre precio económico que le supone al municipio estos tipos de servicios, el abuso de los procedimientos de negociado sin publicidad, la mala utilización que se hace de los RR.HH. propios y la falta de transparencia que refleja el Ayuntamiento.
Cabe destacar por poner un ejemplo, según los datos facilitados por el propio Ayuntamiento, los siguientes (categoría servicios):
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El 90 % son contratos públicos a través del procedimiento negociado sin publicidad.
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El 10 % son contratos públicos a través del procedimiento abierto.
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Entre cuatro, incluida una UTE entre dos de ellas, empresas han facturado 2.049.525,58 € en estos últimos años.
La propia interventora general emite un voto particular concurrente de acuerdo al art. 24.1.c Ley 30/1992, estableciendo en un Anexo a cada acta de apertura de proposiciones presentadas en el procedimiento negociado sin publicidad convocada por el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz para cualquier contratación la siguiente nota:
“Desde esta Intervención, se hace constar, en los términos que se puso de manifiesto en el informe de fiscalización previo emitido con ocasión de la tramitación del presente expediente que en éste, como en el resto de contratos que tenga que celebrar este Ayuntamiento mediante procedimientos de negociado sin publicidad por su cuantía, a criterio de quien suscribe, sería necesario que el órgano de contratación para garantizar una competencia efectiva fijara un procedimiento objetivo en orden a cursar invitaciones para participar en los distintos procedimientos contractuales. A tal efecto en el acuerdo sobre Contratación Pública. Acuerdos Multilaterales de la Ronda de Uruguay. Marrakech a lo largo de su articulado regula la existencia de listas permanentes de proveedores calificados” (15 de abril de 1994). (A estos acuerdos naturalmente está subscrito España).
Y todo ello independientemente que los trámites legales sean los previstos en la Ley/30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público.
Por ello, desde USO proponemos que se abra la posibilidad de trabajo a otras Empresas del Sector, siempre que cumplan con los pliegos de condiciones, a través de procedimientos de contratos públicos más igualitarios y más transparentes, siguiendo los consejos de la propia Intervención General.
Que ocupen los puestos de vocales en las mesas de contratación personal funcionario y no dar cabida a personal laboral eventual de manera arbitraria incluso existiendo personal funcionario de superior categoría en las Concejalías y Servicios relacionados con las propuestas de contratación, aunque sea mediante Decreto del Alcalde.
Que se contrate personal técnico sobre programa subvencionado por obras y servicios sin que tengan una duración superior a los cuatro años establecidos legalmente, y que se reestructure si hace falta la RPT del Ayuntamiento de Badajoz y se aprovechen los RR.HH. propios de la casa.
Eso sí, sin tener que abrir puestos de trabajos en una hipotética provisión de puestos abierta a otras administraciones públicas de acuerdo a la modificación del art. 12 del Acuerdo Regulador.