El pasado 15 de noviembre fue convocada de forma extraordinaria una reunión con el objetio de sacar adelante los expedientes de asignación definitiva de complementos aún pendientes, dado que el plazo establecido en la disposición transitoria quinta del IV Convenio Único para la regularización de los complementos temporales finalizaba el día 17 de noviembre.
Los expedientes de asignación definitiva de complementos tratados son:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública: el expediente de asignación definitiva de complementos, modalidad A3, se ha aprobado parcialmente. De los 3 puestos propuestos se aprueban dos, no siendo posible aceptar el tercero porque afecta a un puesto de trabajo perteneciente a Hacienda.
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: el expediente de asignación definitiva de complementos, modalidad A2 y A3, a puestos de trabajo pertenecientes al SEPE y a Gerencia Informática de la Seguridad Social fue aprobado en su totalidad.
Ministerio de Defensa: Se aprueban asignaciones AR a 62 puestos de trabajo.
Ministerio de Transición Ecológica: el expediente de asignación definitiva de complementos, modalidad A2 y A3 y B , a 315 puestos se aprueba en su totalidad.
Ministerios Industria, Comercio y Turismo: el expediente de asignación definitiva de complementos, modalidades A1, A2, AR2, A3 y de jornada partida B, prolongación de jornada, afectando a distintos organismos; Servicios Centrales, Turespaña y Oficina de Patentes y Marcas, se aprueba en su totalidad.
Ministerio de Educación: 13 complementos de las modalidades A1, A2 y Disponibilidad Horaria que quedan aprobados en la línea de lo acordado en la Subcomisión Paritaria.
Ministerio de Fomento: Reunida la Subcomisión Paritaria el día 14 de noviembre acuerda la asignación definitiva a 41 puestos de trabajo y queda aprobado hoy en la Comisión Paritaria.
Ministerio de Cultura y Deporte: Se produce la aprobación parcial del expediente, quedando aprobados los seis complementos regularizados, y no aprobados los dos complementos del INAEM procedentes del convenio de origen (DH y DH/FT) ya que no es cuestión competencial de la COPA.