Convenio Unico AGE: El personal laboral de la AGE cobrará la paga de 280 € de los fondos adicionales

En el marco de la negociación del IV CUAGE, y de cara a mejorar la situación retributiva del personal laboral de la AGE, se acordó realizar un pago único al personal laboral sujeto al CUAGE por importe de 280 € brutos. Este pago sería financiado tanto por los fondos adicionales que más adelante se detallan, como por los remanentes de masa salarial no distribuida de personal laboral del ejercicio 2018.

En este sentido y para esta medida se acordó destinar, respectivamente, la cantidad de 10.175.000,00€ derivados de los fondos adicionales previstos para la anualidad de 2018 más 800.000 euros provenientes de los remanentes de la masa salarial sin distribuir de dicho ejercicio.
Respecto de los fondos adicionales, por Resolución del 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública se publica el II Acuerdo Gobierno‐Sindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo. En el citado Acuerdo se recoge un marco plurianual de incremento salarial fijo para el personal al servicio del sector público, además de un porcentaje adicional variable de incremento ligado al crecimiento de la economía, calculado en función del incremento del PIB real para el periodo 2018‐2020.
Para cada uno de los ejercicios 2018, 2019 y 2020 se prevé la existencia de unos fondos adicionales que previa negociación colectiva en los ámbitos correspondientes pueden destinarse, entre otras medidas, a la implantación de planes o proyectos de mejora de la productividad o la eficiencia, la revisión de complementos específicos entre puestos con funciones equiparables, la homologación de complementos de destino o la aportación a planes de pensiones. Se contempla en el Acuerdo que para el año 2018 se destine un 0,20%, para el año 2019 un 0,25% y para el año 2020 un 0,30% de la masa salarial a dichos conceptos.
En lo que se refiere al ejercicio presupuestario 2018, el artículo 18.dos de la Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 prevé que se podrá autorizar un incremento adicional del 0,2% de la masa salarial para, entre otras medidas la implantación de planes o proyectos de mejora de la productividad o la eficiencia, la revisión de complementos específicos entre puestos con funciones equiparables, la homologación de complementos de destino o la aportación a planes de pensiones.
De conformidad con todo ello se aprobó en Madrid el 4 de marzo de 2019 el Acuerdo sobre la Aplicación de los Fondos Adicionales previstos en el II Acuerdo para la
Mejora del Empleo Público y las Condiciones de Trabajo del 9 de marzo de 2018.`
Entre las medidas previstas, se contempla como se ha señalado anteriormente el incremento lineal de las retribuciones básicas de todos los trabajadores y trabajadoras acogidos al Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, con la finalidad de minorar las diferencias retributivas entre el personal funcionario y el personal laboral en el ámbito de la Administración General del Estado.
El ámbito de la medida se refiere a todos los trabajadores y trabajadoras sometidos al
Convenio Colectivo Único de la Administración General del Estado, que recibirán un incremento en su retribución anual bruta de 280 euros. Dicha cuantía se articulara para el año 2018, como un pago único con cargo a los Fondos Adicionales de 2018 y a la masa salarial no distribuida de dicho año.
En el acuerdo se establece que para esta medida se dedicarán 10.175.000,00€.
Para el año 2019 y siguientes, esta cuantía ya está contemplada dentro de las tablas salariales de retribuciones básicas del IV Convenio Colectivo Único.
El acuerdo se ha tramitado con los requisitos establecidos en la Ley 6/2018 y cuenta con el preceptivo informe favorable de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Esta Comisión debe emitir el informe previsto en el artículo 32 de la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para el 2018.
En consecuencia, la Comisión Ejecutiva, en virtud de las competencias conferidas en el Real Decreto 469/1987, de 3 de abril, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero.‐ Se informa favorablemente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 6/2018, el punto 1 del Acuerdo sobre la aplicación de los fondos adicionales previstos en el II Acuerdo para la mejora del empleo público y de las condiciones de trabajo de 9 de marzo de 2018, que establece un incremento retributivo para los trabajadores y trabajadoras acogidos al Convenio Colectivo Único del Personal Laboral de la Administración General del Estado en concepto de pago único por una cuantía de 280 euros brutos anuales, por una sola vez, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente.
Segundo.‐ Para los años 2019 y siguientes la referida cuantía de 280 euros anuales ya se encuentra comprendida en las tablas salariales correspondientes a las retribuciones básicas acordadas en el IV Convenio Colectivo Único de la Administración General del Estado.
Tercero.‐Esta cuantía de pago único será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que hayan ocupado puesto de trabajo en el año 2018, según lo acordado.
Cuarto.‐ Los fondos adicionales para el 2018, previstos por la Ley de Presupuestos, ascienden a un total de 14.210.000,00, de los cuales, para esta medida se han destinado por el acuerdo 10.175.000,00€.
Quinto.‐ La financiación de esta medida, según lo acordado, se realizará con cargo a los referidos 10.175.000,00€, que establece el acuerdo, y a los 800.000,00 € provenientes de los remanentes de masa salarial sin distribuir del ejercicio 2018.
Desde la USO, esperamos que se pueda negociar también para el personal funcionario.

EL_PERSONAL_LABORAL_DE_LA_AGE_COBRARÁ_LA_PAGA_DE_280__DE_LOS_FONDOS_ADICIONALES.pdf

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