Convenio Unico AGE: Grupo de trabajo de encuadramiento

Función Pública ha remitido un escrito a los distintos Departamento, fijando como fecha límite para que todos los Ministerios remitan el volcado de sus plazas el próximo día 6 de septiembre de 2019.

Se informa que se ha determinado que los delineantes pertenecientes al grupo 4, serán encuadrados en el grupo M1, ya que las funciones que realizan se corresponden con un título superior de Formación Profesional de la familia de Edificación y Obra Civil , en concreto, Proyectos de Obra Civil. De este modo, se rectificará el anexo V incluyendo esta clasificación.
 Se procede a fijar la especialidad de Servicios Administrativos dentro de la familia de Administración y Gestión a los ordenanzas, mozos, telefonistas, recepcionistas, etc. para que de este modo puedan participar en la promoción cruzada para cambiar de régimen jurídico en el grupo C2. De esta familia profesional, sólo se contratará personal laboral en la formación básica ya que la media y la superior se corresponde con las funciones reservadas por Ley a personal funcionario.
 Se abordó el tema de los Operadores de Grúas, que van a ser encuadrados como los conductores, en la especialidad de conducción de vehículos por carretera dentro de la familia profesional de Transporte y Mantenimiento de Vehículos pero con el requisito añadido del carnet de conducir correspondiente. De este modo, su capacidad de movilidad se mejora considerablemente y el resto de conductores que tengan el carnet requerido, también podrán acceder a esas plazas.
 Celadores de hospitales, al existir una cualificación profesional que se corresponde con sus funciones, serán encuadrados en el grupo E1.
Desde la USO vemos necesario que se especifiquen si sus funciones han cambiado con respecto a las que figuraba en la RPT, para que cada trabajador figure en la nueva RPT conforme a las tareas que viene realizando en la actualidad.
 Actualmente hay vigilantes en el grupo 4 y 5 haciendo las mismas funciones. De continuar así deberían ir al grupo E1 y E0 respectivamente. La parte social propone unificarlos a todos en el grupo superior y, dado que existe una cualificación de grado medio, se propone a la Administración que estudie su inclusión en el grupo E2. La Administración responde que esa cualificación se corresponde con la seguridad privada y armada, y no con las funciones que realizan nuestros trabajadores.
 Se plantean algunas dudas sobre la conveniencia de mantener la especialidad de Mantenimiento General tal y como quieren los departamentos. La parte social ya manifestó durante la negociación del Convenio que era una especialidad abusiva ya que nadie puede saber de todo y que, a partir del grupo 4 era irresponsable mantenerla, ya que el nivel de formación exigido para esos grupos y la complejidad de los trabajos requieren una alta cualificación, por lo que deberían ser encuadrados como Especialistas en Electricidad, Fontanería, etc.
 Administración de Justicia: Se propone que los estenotipistas se encuadren en Administración.
 IGME: Se plantean algunas dudas sobre las tareas que realiza el operario de campo (grupo 5) y se queda en recabar más información.
GRUPO DE TRABAJO DE TRASLADOS/MOVILIDAD
 La Administración facilitó los datos de los puestos afectados por la desaparición de las adscripciones temporales a puestos vacantes (374 plazas ocupadas por el art. 32.4) y de las adscripciones provisionales por reingreso (201 plazas ocupadas por el art. 57).
 La Administración se niega a prorrogar las adscripciones temporales dadas antes de la entrada en vigor del IV CU más allá de los 2 años, lo que no permitiría a quienes las ocupan optar a ellas en el concurso abierto y permanente si aún no está en marcha en el momento de la finalización de la adscripción. Insiste, en cambio, en elevar a definitivas las adscripciones provisionales (antiguo art. 57).
 Adscripción temporal de complementos: en el plazo de seis meses el complemento “retornará” a su plaza original y ésta se convocará en concurso abierto y permanente si es considerada de necesaria cobertura. Si la plaza no
es considerada como tal en el Centro o ámbito geográfico en el que se encuentra, la solución más adecuada será instar la modificación de RPT para llevarla al lugar donde sí se necesitan esos trabajaos y publicarla en el concurso de traslados en su nueva ubicación.
 No ha habido acuerdos en el Grupo de trabajo de traslados , sobre criterios a aplicar en periodo transitorio hasta puesta en marcha del concurso abierto y permanente.
 El próximo día 24 en la Comisión Paritaria se llevará a cabo, si procede, la firma del acuerdo sobre el régimen transitorio para algunas figuras de movilidad que desaparecen o cambian su regulación en el IV Convenio Único, tal y como prevé la disposición transitoria tercera.
 El concurso abierto y permanente se pondrá en marcha inmediatamente después de que finalice el encuadramiento de efectivos en los nuevos grupos y especialidades, probablemente en el mes de septiembre.
 A partir del próximo día 24 se comenzará a negociar las bases que regirán los concursos.

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