IV Convenio Unico: Abono de atrasos

Después de casi un año esperando para la total aplicación del IV Convenio Único y de que todavía no sabemos cómo nos van a encuadrar en el nuevo Convenio, ahora nos sorprenden con que hay diferentes interpretaciones de algo que creíamos que estaba claro. Parece que el siguiente escollo es cómo aplicar las tablas salariales, parece ser que existen diferentes interpretaciones.

1.  En la primera de ellas, la tabla salarial 2019 que figura en el anexo III.a. del IVC.U. ya incluye la subida del 2% + 0,25% prevista para el 2019.

2. En la segunda interpretación la tabla retributiva del anexo III.a. fija el salario antes de la aplicación del 2% + 0,25% (la única interpretación válida a nuestro entender).

3.  En la tercera interpretación, la tabla del anexo III.a incluye la subida del 2% pero no la parte variable del 0,25% incrementado a partir del mes de julio.

Cuando se aprobó el Convenio en ningún momento se nos dijo que la subida del 2% y del 0,25% ya estaban aplicadas en las tablas salariales que nos presentaron, pero aun así parece ser que ahora hay dudas de que esto sea así. En USO creemos que la única tabla válida para los nuevos grupos sería la siguiente:

 

 

 

 

Todavía no sabemos el tiempo que queda para el final del encuadramiento y la puesta en marcha del IV Convenio Único, esperamos que más pronto que tarde se solucione todo y podamos tener ya el Convenio plenamente operativo y desde luego no vamos a aceptar un apaño con los salarios y una aplicación interesada de los incrementos.

 Seguiremos informando.

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