Personal Laboral AGE: Recálculo de prestaciones del INSS por abono de atrasos del IV Convenio único

Desde la FAC-USO nos dirigimos a vosotros para informaros de que todo el personal del IV Convenio Único al que se le abonen los atrasos correspondientes a la aplicación de las nuevas tablas salariales, y que haya percibido, con fecha posterior al 1 de enero de 2019, una prestación por pago directo del Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS (Jubilación, Incapacidad permanente, maternidad, paternidad, baja de larga duración…) debe realizar la solicitud de recálculo de prestaciones en el plazo de 3 meses desde el ingreso de las cotizaciones en el INSS.

El ingreso de estos atrasos conlleva aparejada la obligación empresarial de ingresar las correspondientes liquidaciones a la Seguridad Social. Esto supone, de facto, que deban regularizarse al alza las bases de cotización correspondientes a los años 2019, 2020 y lo que va de 2021.

Es por ello por lo que, si las referidas prestaciones se iniciaron con fecha posterior al 1 de enero de 2019 y éstas no han sido complementadas convenientemente por el INSS una vez aplicada la subida salarial, deberá reclamarse ante el mencionado organismo si se quiere cobrar la diferencia.

El personal que se encuentre en esta situación debe solicitar el recálculo de las prestaciones percibidas del INSS en modo de pago directo, durante los años 2019, 2020 y lo que va de 2021, registrando un escrito dirigido al mencionado organismo solicitándolo (aquí un ejemplo de solicitud) y, adjuntando también, la nómina de atrasos, cuando dispongamos de ella.

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