AGE: Asignación provisional de destinos promoción interna Cuerpo General Administrativo

Resolución de la Secretaría General de Función Pública, por la que se realiza la asignación provisional de destinos a las personas aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso de las pruebas selectivas para el ingreso por el sistema general de promoción interna, para personal funcional y personal laboral fijo, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Por Resolución de 14 de junio de 2019 (Boletín Oficial del Estado del 17) se convocaron las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna para personal funcionario y personal laboral fijo, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, publicándose por Resolución de 25 de septiembre de 2020 (Boletín Oficial del Estado del 1 de octubre), de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, la relación definitiva de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas.

En aplicación del artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y del artículo 78.2 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

Esta Secretaría General de Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, de redistribución de competencias en materia de personal de la Administración del Estado, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública.

RESUELVE:

ü  Realizar la siguiente asignación provisional de destinos a las personas aspirantes relacionadas en el Anexo I que han superado, por promoción interna, el acceso al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Con dicha asignación provisional se garantiza su nombramiento como personal funcionario de carrera en el mencionado Cuerpo en el mismo Departamento u Organismo y en la localidad de su destino definitivo.

Las personas aspirantes relacionadas en el referido Anexo I, que no rechacen la asignación provisional en los términos que se indica a continuación, resultarán adjudicatarias de los puestos de trabajo descritos en dicho Anexo I.

Las personas aspirantes relacionadas en el citado Anexo I que no deseen ser nombradas en los puestos asignados con carácter provisional, deberán manifestar expresamente el rechazo a la asignación efectuada, utilizando para ello el MODELO 1 que se adjunta a esta Resolución.

Dicho documento deberá ser presentado entre los días 8 y 10 de febrero de 2021 en un Registro Público, dirigido a la Subdirección General de Gestión de Procedimientos de Personal de la Dirección General de la Función Pública (Calle Manuel Cortina, 2, 28071, Madrid) en la forma establecida en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez presentado, se enviará una copia de la solicitud presentada en el Registro correspondiente a las direcciones de correo electrónico: fp.nombramientos@correo.gob.es y sggpp@correo.gob.es

Las personas aspirantes que rechacen la asignación provisional efectuada mediante esta Resolución tendrán que participar en la oferta de destinos que se realizará en los próximos días, según lo previsto en los siguientes apartados.

ü  Las personas aspirantes relacionadas en el Anexo II quedan excluidas de la aplicación del artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y del artículo 78.2 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por razones estructurales u organizativas relacionadas con la naturaleza de los puestos desempeñados, por la forma de ocupación de las plazas o en función de criterios relativos a la planificación y oferta de empleo.

ü  Las personas aspirantes descritas en el apartado Primero que manifiesten su rechazo expreso a la asignación provisional recogida en esta Resolución, así como las personas contempladas en el apartado Segundo (relacionadas en el Anexo Código II) deberán presentar solicitud de petición de vacante en los términos que disponga la Resolución del Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública de oferta de vacantes que se publicará en los próximos días. En este caso, no se garantizará a dichas personas aspirantes ni la permanencia en su Departamento u Organismo de destino definitivo ni la localidad.

La mencionada oferta de vacantes será objeto de publicidad en la página web:

https://www.mptfp.gob.es/portal/funcionpublica/funcion-publica/ep-pp/empleo_publico/procesosselectivos/

funcionario_carrera/Convocatorias-2018/ADVO-2018.html

Reclamaciones por Contrataciones en Fraude de Ley

Defendemos tus derechos frente a contratos irregulares, velando por la legalidad laboral.

Ponte al día
¿Quieres recibir nuestras noticias en tu correo?
Enlaces de interés