AGE: Ayudas Plan de Acción Social para personal civil Ministerio de Defensa

Por Resolución de 5 de febrero de 2019 de la Subsecretaría de Defensa, se convocaron las ayudas del Plan de Acción Social 2019 para el personal civil del Ministerio de Defensa.

A propuesta de la Mesa Delegada de Negociación, la Subsecretaría resuelve:
 Que se concedan por un importe total de un millón seiscientos catorce mil doscientos cincuenta y ocho con ochenta y cuatro euros (1.614.258,84 €) las ayudas incluidas en el Plan de Acción Social 2019, a los solicitantes que figuran relacionados en los Anexos I y III, en las cuantías que también se indican, conforme al crédito asignado para acción social en los Presupuestos Generales del Estado para 2019.
 Que el abono de las ayudas será efectuado en la nómina correspondiente al mes de noviembre.
 Que las ayudas denegadas a los solicitantes se relacionan en los Anexos II y III, por las causas que en el mismo se señalan.
 Que se exceptúen de esta publicación, los solicitantes relacionados en el Anexo III, a quienes se les notificará directamente su concesión o denegación.
 Que esta resolución se publique en la red Intranet del Ministerio de Defensa, Órgano Central, página de personal civil.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, o del correspondiente a su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en ambos casos, desde el día siguiente al de su publicación, o notificación cuando proceda.
El personal laboral, podrá interponer demanda ante el Juzgado de lo Social que resulte competente, en el plazo de dos meses desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 6, 10 y 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

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