Si tan solo hace unos días informábamos de la destitución del Embajador de España en Bélgica como consecuencia de una Inspección efectuada a instancias de la denuncia realizada por el Sindicato Independiente del Servicio Exterior – Unión Sindical Obrera -SISEX USO-, ahora es el Reglamento de Carrera Diplomática el que ha sido Recurrido ante el Tribunal Supremo por nuestro Sindicato.
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite la Demanda interpuesta por SISEX-USO contra el Reglamento de la Carrera Diplomática que regula los nombramientos y ascensos en este Cuerpo de Funcionarios y que aprobó el Gobierno el pasado 2014.
En la Demanda, presentada ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, acusamos al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de haber infringido las normas básicas en materia de Negociación Colectiva, al no haber -realmente- negociado con ninguna de las Organizaciones Sindicales legitimadas el contenido del Reglamento. Recordar que SISEX-USO es el Sindicato mayoritario en este ámbito.
En la Demanda también denunciamos que según este Reglamento la Libre Designación es el Sistema General de Provisión de Puestos de Trabajo en el Extranjero, incumpliendo así el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, en el que se establece que el Sistema General de asignación de destinos es el de Concurso… y la Libre Designación la excepción, siempre motivada… De esta forma, y ante la ausencia de motivación de la necesidad de recurrir a este Sistema, con el Reglamento impugnado se pervierte el Sistema de nombramientos, posibilitando el favoritismo de las designaciones particulares… o lo que es lo mismo… la dedocracia, cuando no, la autarquía…
En cuanto a los ascensos se denuncia que el Reglamento lejos de instaurar un Sistema real de promoción basado en el principio de igualdad, mérito y capacidad, en las categorías inferiores se apueste únicamente por la antigüedad, sin tener en cuenta otros méritos. Mientras que para las categorías superiores el Reglamento prevé un examen cuyos requisitos, parámetros evaluadores y baremos de calificación resultan inexistentes… o lo que es lo mismo… nuevamente dedocracia y/o autarquía…
Desde la FAC-USO valoramos muy positivamente la decisión del Tribunal Supremo al admitir nuestra Demanda, y aunque somos conscientes de las dificultades que entraña su estimación, pues el Ejecutivo ya ha puesto en contra de la misma toda su artillería a través de la Abogacía del Estado, acogiéndose a argumentos propios del siglo XIX para defender este arcaico sistema de designación… desde SISEX-USO vamos a seguir denunciando este tipo de normativa y/o comportamientos que a nuestro entender vulneran, entre otras, no solo la normativa de Provisión de Puestos, sino la propia Constitución… Y como no, los principios de igualdad, mérito y capacidad, pretendiendo imponer como normal, lo que es anormal o a lo sumo excepcional, como es la designación a dedo, el corporativismo mal entendido, la autarquía, así como la supremacía de otro tipo de intereses… de muy difícil justificación.