FAC-USO denuncia discriminación en los servicios de Sanidad Exterior

Desde USO queremos denunciar la injusta situación que están viviendo los compañeros de los Servicios de Sanidad Exterior de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en cuanto a la realización del trabajo a distancia, coloquialmente llamado “teletrabajo”.

Durante todo el periodo de pandemia y hasta ahora, el personal de estas unidades ha prestado sus servicios con sistemas de rotación de personal que permitían realizar su trabajo a distancia de manera compatible con las funciones presenciales de los mismos. El resultado fue tan bueno que los servicios recibieron felicitaciones por parte de los Delegados y Subdelegados del Gobierno e incluso de los operadores económicos, ya que en ningún momento hubo desabastecimiento de mercancías o falta en la prestación de los servicios.

Sin embargo, con fecha 10 de Octubre de 2022, se publicó la “Resolución de la dirección general de la administración general del estado en el territorio por la que se implanta en las delegaciones y subdelegaciones del gobierno y direcciones insulares de la administración general del estado en el territorio del ministerio de política territorial el plan de trabajo a distancia en el marco del plan de medidas de ahorro y eficiencia energética de la administración general del estado y las entidades del sector público institucional estatal.” Que establecía los requisitos para que el personal pudiera acogerse al teletrabajo y posteriormente una adenda que permite un día de trabajo a distancia al personal que no cumpliera los requisitos si los sistemas de rotación permiten la prestación del servicio presencial, excluyendo específicamente al personal de Agricultura y Sanidad de esta excepción. La razón de esta exclusión es que “sus funciones no permiten esta modalidad conforme a las instrucciones emitidas por los Ministerios funcionales competentes”.

Posteriormente, se remitieron instrucciones desde el Ministerio de Política Territorial indicando que el personal de Farmacia y de Agricultura podía acogerse a lo establecido en la adenda, permitiendo un día de trabajo a distancia y dejando por lo tanto, únicamente al personal de Sanidad Exterior excluido y sin tal posibilidad.

Esta situación supone:

 Un agravio comparativo, Pues mientras el personal no apto e incluso los inspectores de Farmacia, los inspectores de Sanidad Vegetal y los inspectores veterinarios de Sanidad Animal pueden acogerse a la adenda, con responsabilidades, funciones y procedimientos prácticamente similares, por no decir iguales, el personal de Sanidad Exterior inexplicablemente no puede.

  • Una situación de disfuncionalidad manifiesta, ya que el trabajo a distancia es un derecho de los funcionarios (Art. 47 del EBEP) y su autorización es competencia del Ministerio Orgánico, que en este caso es el Ministerio de Política Territorial, sin embargo este derecho está siendo socavado por las instrucciones del Ministerio Funcional, que no son competentes en materia de organización del trabajo.

Los argumentos que da el Ministerio Funcional (Ministerio de Sanidad) emitidos desde las Subdirección General de Sanidad Exterior, son una bajada de la calidad de los controles, lo que choca directamente con el reconocimiento de los Delegados y Subdelegados del Gobierno, de los operadores económicos y de las propias Subdirecciones que, en numerosas ocasiones han hablado de la magnífica gestión de sus servicios realizada durante la pandemia ante los medios de comunicación.

Por estas razones, desde la USO hemos solicitado una reunión con los Ministerios de Sanidad y Política Territorial, a fin de que se corrija esta situación y evitar la degradación en las condiciones de trabajo del personal destinado en Sanidad Exterior.

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