La Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de la Comunitat Valenciana ha rechazado el recurso presentado por la Generalitat contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Castellón mediante la cual se reconocía el derecho de un Agente Medioambiental de la Generalitat a que la totalidad de los servicios prestados en el grupo D (actual C2) le fueran computados a efectos del complemento de grado profesional en el actual grupo C1.
Desde USOCV siempre se ha defendido los derechos de los Agentes Medioambientales como funcionarios de la Generalitat y considerábamos que toda la antigüedad debía ser computada a todos los efectos en el grupo superior pues el cambio de grupo había sido sin cambio del puesto de trabajo mediante un Plan de Empleo. Por esta razón, los servicios jurídicos de USOCV presentaron recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Generalitat Valenciana que consideraba que debían computarse las antigüedades en los dos grupos por separado. Esta circunstancia ha sido apreciada y asumida en la sentencia del Tribunal Superior que ha rechazado el recurso presentado por la Generalitat.
Por ello, dado que esta sentencia es firme, se puede solicitar una extensión de sentencia para los Agentes Medioambientales a los que la Generalitat les denegó esta posibilidad en las respectivas resoluciones de incorporación al sistema de desarrollo profesional
USOCV, en defensa de los derechos de los empleados públicos va a iniciar una *campaña para asesorar y defender a aquell@s Agentes Medioambientales de toda la Comunidad Valenciana en circunstancias similares para que les sean reconocidos sus derechos*.
*Ponte en contacto con nosotros* a través del siguiente correo electrónico secretariageneral@usocv.org y te informaremos de los trámites a realizar y los requisitos.