USO-Caib solicita la adquisición de grado por superación de cursos

USO-Caib ha presentado una propuesta en la que solicita que incluya en su oferta formativa una relación de cursos destinados específicamente a la adquisición de un grado personal superior al que se posee y que estos cursos tengan un alcance general para todos los empleados públicos interesados.

La vigente Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares establece que todo empleado público tiene derecho a una carrera profesional, y articula ésta en dos modalidades: la carrera profesional horizontal y la vertical, dentro de la cual se encuentra la promoción intracorporativa mediante la adquisición del grado personal (artículos 63 y ss).

En consecuencia, la adquisición del grado personal es fundamental para el derecho del empleado público a ver cumplida su carrera profesional.

El grado personal de los funcionarios de carrera se adquiere mediante las siguientes vías (artículo 64 de la citada Ley 3/2007):

b) Consolidación por la ocupación de puestos de trabajo de nivel superior.
c) Adquisición por la superación de cursos y procedimientos de evaluación del cumplimiento.

La consolidación de grado por la ocupación de puestos de trabajo de nivel superior se lleva a cabo, normalmente, mediante el concurso de méritos, que según el artículo 77 de la citada Ley 3/2007, en su reciente redacción, tendrá una periodicidad cuatrimestral, en los meses de febrero, junio y octubre.

La experiencia en la Administración de la CAIB ha sido históricamente la de incumplir la obligación de convocar concurso de méritos cada dos años, tal y como estaba establecido hasta hace poco. De hecho, la última convocatoria de concurso de méritos del pasado mes de Noviembre de 2021 y recientemente resuelta, fue transcurridos más de 5 años del precedente (julio de 2016 (BOIB n.º 93)).
La consecuencia de ello es que el funcionario de carrera se ve privado de consolidar o adquirir un nuevo grado personal, y por tanto, de progresar en su carrera administrativa.

Si bien es cierto que mediante reciente modificación legislativa se ha recogido en la ley de función pública autonómica el concurso abierto y permanente, y que en cuanto este modelo esté implantado va a suponer un mejor acceso a la carrera administrativa de los empleados públicos; también lo es que muchos empleados públicos no podrán adquirir nuevos grados personales por no tener titulación suficiente, formación suficiente, o cualquier otra circunstancia o eventualidad.

Además, si el grado personal solo se adquiere mediante la adjudicación de otros puestos de trabajo adquiridos mediante el concurso abierto y permanente, se priva de carrera administrativa a aquel empleado público que desee progresar sin cambiar de puesto de trabajo. Por todos es sabido el valor añadido que aporta a las organizaciones públicas una plantilla estable y sin cambios, con conocimiento de procedimientos, normativa y reglas internas.

La Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) no incluye en su oferta formativa curso alguno destinado o con el objetivo de adquirir un grado superior al que ya posee el empleado público. De manera que en el momento presente no hay modo legal alguno para que los empleados públicos puedan adquirir nuevos grados personales, y en consecuencia, promover la propia carrera administrativa; con las consecuencias inherentes que ello conlleva, especialmente a nivel económico.

Por ello, desde USO Caib solicitan que se eleve a la Mesa Sectorial de Servicios Generales está propuesta e incluya en su oferta formativa una relación de cursos destinados específicamente a la adquisición de un grado personal superior al que se posee y que estos cursos tengan un alcance general para todos los empleados públicos interesados.

Igualmente, solicitan que se promueva la superación de estos cursos en la modalidad on line o a distancia para facilitar al mayor número posible de empleados acceder a los referidos cursos, y en consecuencia, a consolidar grados personales superiores.

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