Un nuevo Informe presenta los principales argumentos y estrategias necesarias para presionar a los gobiernos con el fin de que las normas comerciales de la OMC dejen de bloquear el acceso a las curas del Covid.
La financiación pública ha abierto el camino a los avances científicos para combatir el virus, pero ahora los derechos de propiedad de las empresas amenazan el acceso a medicamentos y equipos vitales y ponen en peligro millones de vidas.
Por ello, muchos gobiernos, con el apoyo de los sindicatos y la sociedad civil, piden a la OMC que renuncie a las disposiciones relativas a los derechos de propiedad intelectual para las vacunas, los medicamentos esenciales y los suministros médicos: porque los beneficios privados no deben anteponerse a la salud pública.
Antecedentes
La pandemia ha exigido sacrificios extraordinarios a lxs trabajadorxs de todo el mundo.
La recuperación de Covid requerirá que todos los países y todas las personas tengan acceso a medicinas, vacunas, diagnósticos y otros productos médicos a precios asequibles. Sin embargo, los poderes de monopolio otorgados a las empresas farmacéuticas por el acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) de la Organización Mundial del Comercio permitirán a las empresas limitar artificialmente el suministro mundial y obtener beneficios extravagantes y cobrar precios que podrían ser prohibitivos para la mayor parte del mundo.
Lxs trabajadorxs y la gente han trabajado incansablemente para asegurarnos de que superemos esta crisis. Lxs trabajadorxs de la salud han trabajado en condiciones peligrosas, a menudo sin el equipo de protección personal (EPP) adecuado, con horarios extendidos y a menudo con poco o ningún tiempo libre.
Se les exigirá que entreguen y administren la vacuna. Cientos de millones de trabajadorxs han perdido sus empleos y medios de vida.
No se debería permitir que las empresas farmacéuticas se beneficien de la pandemia haciendo valer el poder de monopolio mientras todxs lxs demás han hecho esfuerzos y sacrificios para superar la crisis.
A principios de octubre, la India y Sudáfrica presentaron una propuesta oficial a la Organización Mundial del Comercio para la «Exención de ciertas disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC para la prevención, la contención y el tratamiento de COVID-19».
Desde entonces, esto ha sido respaldado por más países del Sur. Sin la exención, las empresas farmacéuticas podrán impedir que otros fabricantes produzcan vacunas y medicamentos para COVID-19, impidiendo así el aumento de la producción.
Las normas de la OMC garantizan que las grandes farmacéuticas tienen el monopolio del mercado y pueden dictar los precios incluso a los gobiernos, que consumirán las finanzas públicas necesarias para una recuperación sana.
El Acuerdo de la OMC reconoce que se puede renunciar a los derechos de propiedad intelectual en las «circunstancias excepcionales» que presenta esta pandemia. Lxs expertxs aconsejan que las flexibilidades que figuran en el Acuerdo sobre los ADPIC no son suficientes para atender las necesidades mundiales, de ahí la necesidad de una exención.
La Organización Mundial de la Salud, lxs expertxs en derechos humanos de las Naciones Unidas, el UNITAID y el ONUSIDA han apoyado la exención. El movimiento sindical internacional, incluidos el sindicato mundial IndustriALL, la Internacional de Servicios Públicos (ISP) y la Confederación Sindical Internacional (CSI) apoyaron la propuesta desde el principio.
Los sindicatos pueden desempeñar un papel fundamental en el apoyo a esta exención asegurándose de que los gobiernos nacionales sean conscientes de que lxs trabajadorxs de la salud y otros trabajadorxs de los servicios públicos esperan que apoyen la exención.
La situación actual
El 17 de diciembre, sobre la base de una recomendación del Consejo de los ADPIC, el Consejo General de la OMC convino en prorrogar las deliberaciones sobre la propuesta de exención hasta el año 2021 (más allá de los 90 días exigidos por la OMC).
La propuesta de exención de los ADPIC se presentó al Consejo de los ADPIC a principios de octubre. El Consejo de los ADPIC tuvo 90 días para deliberar y enviar una recomendación al Consejo General de la OMC para una decisión formal.
En la última reunión oficial del Consejo de los ADPIC antes de que expirara el plazo de 90 días, el 10 de diciembre, no se pudo llegar a un consenso, a pesar del amplio apoyo, especialmente de los países en desarrollo, y se pidió que se prolongaran las deliberaciones hasta 2021.
En 2021, las sesiones oficiales y oficiosas del Consejo de los ADPIC se celebrarán a mediados de enero y en febrero, seguidas de una reunión del Consejo General los días 1º y 2 de marzo.
Lxs opositorxs a la exención tomaron como estrategia el aplazamiento de las deliberaciones, entre otras cosas mediante la presentación de una serie de preguntas y solicitudes de pruebas adicionales. Una vez que se cierren esas preguntas abiertas, se espera que comiencen las negociaciones sobre el texto de la renuncia.
Siguiendo nuestra declaración El acceso universal a la vacuna Covid-19 es posible si los gobiernos aceptan la exención de la OMC, las afiliadas de la ISP en todo el mundo han tomado medidas en apoyo de la exención.
Estas iniciativas han tenido un impacto, incluyendo la presión a los gobiernos para que no se vean como oponentes a la exención o que obstruyan el proceso.
Tenemos que mantener la presión sobre nuestros gobiernos, hacer que estos debates sean de dominio público y seguir recabando más apoyo. Es necesario tomar medidas urgentes antes de la reunión del Consejo General.
Los fundamentos
En la propuesta de exención de los ADPIC presentada el 2 de octubre se propone que los países que son parte en la OMC no tengan que implementar, aplicar o hacer cumplir ciertas obligaciones de derechos de propiedad intelectual contenidas en el acuerdo sobre los ADPIC en relación con la prevención, el tratamiento y la contención de COVID-19.
Las disposiciones que se abarcarían se refieren a:
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derechos de autor (sección 1)
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diseño industrial (sección 4),
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patentes (sección 5)
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protección de la información no divulgada (sección 7).
La propuesta de exención cubrirá los productos médicos de COVID-19, incluyendo:
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medicamentos
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vacunas
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diagnósticos,
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otras tecnologías, como máscaras y ventiladores.
No se trata de una exención de todas las obligaciones del Acuerdo sobre los ADPIC, ni sugiere una exención más allá de lo necesario para la prevención, la contención y el tratamiento de COVID-19.
La duración de la exención es todavía desconocida. Sin embargo, la propuesta establece que la exención debe continuar hasta que la vacunación generalizada esté en marcha a nivel mundial, y la mayoría de la población mundial haya desarrollado inmunidad. La duración real dependerá de las negociaciones de los miembros y será limitada en el tiempo (como lo exigen las normas de la OMC).
La exención sería aplicable a todos los miembros de la OMC, incluidos los países en desarrollo, los países desarrollados y los países menos adelantados (PMA), pero no sería obligatoria. Todo país que no desee renunciar a las obligaciones en materia de propiedad intelectual tendría la libertad de seguir aplicándolas.
Países que copatrocinan |
Bolivia, Egipto, Eswatini, India, Kenya, Mongolia, Mozambique, Sudáfrica, Pakistán, Venezuela, Zimbabwe |
Países que se oponen |
Australia, Canadá, Brasil, Chile, México, Japón, Noruega, Suiza, Reino Unido, EE.UU. y la UE |
Países que apoyan |
Casi 100 países del mundo |
Mitos y respuestas
A continuación se presentan las principales afirmaciones y respuestas para participar en este debate
DENUNCIA 1: La propiedad intelectual (PI) es necesaria para promover la innovación
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Respuesta
Quienes se oponen a la propuesta de exención argumentan que la P.I. promueve la innovación, pero las pruebas apuntan a una realidad diferente.
Muchas de las empresas farmacéuticas tienen como objetivo comercializar los avances científicos originados en laboratorios públicos y con financiación pública en todo el mundo.
Todas las vacunas y tratamientos que se han desarrollado para la pandemia han recibido una importante financiación pública. Según la nueva presidenta del Consejo de la OMS sobre la Economía de la Salud para Todos, Mariana Mazzucato, en los Estados Unidos, los Institutos Nacionales de la Salud (NIH) invierten unos 40.000 millones de dólares al año en investigaciones médicas y han sido uno de los principales financiadores de la investigación y el desarrollo de los tratamientos y vacunas de COVID-19.
Por ejemplo, la empresa Gilead, con sede en California, desarrolló su fármaco COVID-19, remesdevir, con 70,5 millones de dólares de apoyo del gobierno federal. En junio, la compañía anunció el precio que cobraría a los americanos por un tratamiento: 3.120 dólares. Un movimiento típico de la Gran Farma. Según otro informe, ya se han gastado 113.000 millones de dólares de fondos públicos en vacunas y terapias de Covid-19 a nivel mundial.
La industria farmacéutica existe como resultado de una enorme financiación y apoyo público. Según Mazzucato, un estudio examinó los 210 medicamentos aprobados por la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. de 2010 a 2016 y encontró que la financiación de los NIH contribuyó a cada uno de ellos. Aún así, los precios de los medicamentos de EE.UU. son los más altos del mundo. Las compañías farmacéuticas no están obligadas a hacer que los productos finales sean asequibles para los estadounidenses, cuyo dinero de los impuestos los está subsidiando en primer lugar.
Las normas de propiedad intelectual aseguran que las grandes farmacéuticas tienen el monopolio del mercado y pueden dictar la oferta y los precios incluso a los gobiernos, a costa de otras medidas para la recuperación. Estas normas permiten a las empresas farmacéuticas impedir que otros fabricantes produzcan vacunas y medicamentos, impidiendo el aumento de la producción, limitando la oferta y manteniendo los precios artificialmente altos. Esto consume las finanzas públicas necesarias para una recuperación saludable. Según los datos disponibles sobre precios y contratos de mercado anticipado, los Estados Unidos tienen contratos por valor de 9.300 millones de dólares y la Unión Europea por valor de 15.800 millones de dólares. Efectivamente, los contribuyentes están pagando la vacuna dos veces. (Calculado en base a los precios publicados en el Washington Post y las cifras de dosis confirmadas recogidas por la Universidad de Duke)
Además, la Gran Farmacia utiliza paraísos fiscales para evitar pagar su parte justa. Las 4 grandes farmacéuticas más importantes han evitado más de 3.800 millones de dólares al año, incluyendo 165 millones en Australia y 13,8 en Nueva Zelanda.
DENUNCIA 2: No hay pruebas de que los derechos de propiedad intelectual sean una barrera para el acceso a medicamentos, vacunas u otros productos médicos
Respuesta
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Los precedentes pasados y las pruebas emergentes demuestran cómo la propiedad intelectual es una barrera creciente para los medicamentos y tecnologías de COVID-19, como diagnósticos, equipos médicos, tratamientos y vacunas. Por ejemplo:
Sudáfrica se enfrentó a dificultades para acceder a reactivos químicos clave para las pruebas de diagnóstico de COVID-19 debido a los equipos y reactivos de prueba patentados.
Roche rechazó una solicitud de los Países Bajos para que se publicara la receta de los reactivos químicos clave necesarios para aumentar la producción de los equipos de diagnóstico y sólo la publicó después de enfrentarse a la presión de la Comisión Europea.
En el norte de Italia, los titulares de las patentes amenazaron a los productores de válvulas de ventilador de impresión en 3D con demandas por infracción de patentes. Las mascarillas N95 que ofrecen una protección mucho mejor que las mascarillas quirúrgicas tienen cientos de patentes de la empresa multinacional 3M y otras.
Un productor surcoreano había desarrollado una versión alternativa de una vacuna contra la neumonía para niños (PCV13), pero la agresiva estrategia de patentes de Pfizer obligó a la empresa a detener su desarrollo y retrasó la disponibilidad de esta versión más asequible de la vacuna.
Después de ignorar las demandas que pedían la no aplicación de sus patentes sobre el fármaco candidato a COVID-19, remesdevir, la empresa farmacéutica Gilead Sciences firmó acuerdos de licencia voluntaria con algunos fabricantes de su elección de la India, el Pakistán y Egipto. Los acuerdos de licencia voluntaria excluyeron a casi la mitad de la población mundial y a muchos países con capacidad de fabricación, algunos de los cuales han apoyado los ensayos clínicos de tratamiento con COVID-19. (La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha retirado a Remesdevir de la lista debido a su falta de eficacia).
DENUNCIA 3: Los países no necesitan una exención, ya pueden utilizar las flexibilidades del ADPIC para la salud pública
Respuesta
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El uso de las flexibilidades del ADPIC y la exención son complementarios, ya que las flexibilidades del ADPIC no serán suficientes en la pandemia. La Unión Europea, el Japón, Suiza y los Estados Unidos han socavado durante mucho tiempo el uso de la flexibilidad del Acuerdo sobre los ADPIC en los países en desarrollo mediante acuerdos de libre comercio y presiones bilaterales. Sin embargo, estos países señalan ahora la disponibilidad de esas mismas flexibilidades para desalentar la propuesta de exención.
El informe anual del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR), Special 301, critica sistemáticamente a los países en desarrollo que reforman su legislación de PI para incluir las flexibilidades del ADPIC o hacen uso de licencias obligatorias.
El informe anual de la UE sobre la observancia de la PI también critica a varios países en desarrollo por las leyes de licencias obligatorias y otros usos de las flexibilidades del ADPIC.
A lo largo de los años esa presión ha socavado la capacidad práctica e institucional necesaria para ejercer la flexibilidad del ADPIC durante la pandemia de forma rápida y eficaz.
El enfoque «caso por caso» o «producto por producto» de las flexibilidades del ADPIC es inadecuado durante la pandemia. Los países enmendaron sus leyes nacionales para que el uso de la licencia obligatoria por parte del gobierno fuera más fácil y rápido, entre ellos Alemania, Australia, el Canadá y Hungría. Las situaciones de crisis requieren medidas expeditivas y extraordinarias.
En lugar de bloquear el proceso de consenso en la OMC, los países que consideran que la exención es innecesaria para su contexto nacional pueden optar por no utilizarla una vez concedida.
DENUNCIA 4: La exención no es adecuada para resolver el problema de acceso a los productos médicos de COVID-19
Respuesta
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La exención no es una solución mágica, pero es un elemento importante de una solución. En la actualidad nos encontramos en una situación en la que una gran parte del número limitado de dosis de vacunas ha sido asegurada por un puñado de países, como los Estados Unidos, el Reino Unido y la Unión Europea, en función de su capacidad de pago. Sólo con un mayor número de vacunas en el mercado se pueden asignar dosis según los criterios de salud pública de la OMS.
Se requiere una rápida expansión del suministro global. La exención es un elemento clave para contribuir a ello. Desafortunadamente, los países que han asegurado las dosis son los que se interponen en el camino de los demás. La aplicación de la exención no es obligatoria y los países que no ven su valor pueden optar por no aplicarla.
DENUNCIA 5: Las compañías farmacéuticas ya se han comprometido a renunciar a los beneficios y están proporcionando licencias voluntarias sobre los productos COVID, por lo que la exención no es necesaria.
Respuesta
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La promoción de la no aplicación voluntaria de los derechos de propiedad intelectual y la contribución voluntaria de las tecnologías por parte de las empresas ha dado resultados limitados.
AstraZeneca ha firmado acuerdos de licencia secretos sobre COVISHIELD con fabricantes de algunos LMIC. Los limitados detalles que se han dado a conocer revelan términos preocupantes. Por ejemplo, la licencia está restringida a un solo fabricante en la India, aunque existen otros fabricantes de vacunas. Este fabricante indio parece ser el único al que se le permite exportar a los LMIC.
Otro acuerdo da a AstraZeneca el poder de declarar la pandemia terminada para julio de 2021 y cobrar a los gobiernos y otros compradores precios más altos después de eso, por una vacuna que fue financiada por investigaciones e inversiones públicas.
Moderna anunció que no hará valer sus patentes durante el período de la pandemia, anuncio que no ofrece seguridad jurídica a los posibles fabricantes, pero no ha indicado que se compartan los conocimientos técnicos. El gobierno de los Estados Unidos financió la totalidad del proyecto de Moderna para llevar la vacuna a la aprobación de la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos, pero la administración Trump pagó a Moderna 1.500 millones de dólares adicionales para asegurar las dosis por adelantado. Los contribuyentes pagaron dos veces, una vez más.
Algunas otras compañías como Pfizer/BioNTech aún no han concedido la licencia de su propiedad intelectual.
Pero los sindicatos saben muy bien que las acciones voluntarias de las empresas no son fiables.
DENUNCIA 6: COVAX es lo suficientemente bueno para asegurar el acceso a los países que carecen de recursos para pagar
Respuesta
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En ausencia de una exención de las normas de propiedad intelectual, COVAX se limitará a transferir fondos públicos para los beneficios de las grandes farmacéuticas con un descuento limitado, y eso también sólo para un suministro limitado. Quienes se oponen a la exención señalan que sus contribuciones financieras a COVAX son una muestra de solidaridad mundial. COVAX tiene como objetivo facilitar el acceso a las vacunas a sólo alrededor del 20% de la población de cada país en 2021. Sin embargo, no ha podido conseguir suficientes vacunas ni siquiera para esto, y algunos países podrían acceder a este cupo limitado sólo en 2024. Existe un importante cuello de botella en la producción, ya que no hay suficientes fábricas que fabriquen la vacuna debido a las limitaciones impuestas por los titulares de las patentes.
Existe una diferencia fundamental entre utilizar las contribuciones financieras para aumentar el suministro proporcionado por un número limitado de fabricantes que pueden dictar los precios, y aumentar el número de proveedores, lo que puede tener un impacto significativo en los precios de compra.
El monopolio de mercado de los titulares de patentes disminuye su incentivo para negociar y acordar precios más bajos. Los contribuyentes de la HIC no sólo han pagado por la investigación y su propia cuota de las vacunas, sino que también están pagando por los márgenes de beneficio adicionales que las compañías farmacéuticas están extrayendo de los LMIC, con la mediación de COVAX. Para dar un ejemplo de la fijación de precios de las empresas en los distintos países, AstraZeneca está cobrando a la UE menos de 2 dólares por dosis de su vacuna, está cobrando a los Estados Unidos 4 dólares por dosis y a Tailandia más de 8 dólares por dosis.
Si bien la solidaridad financiera mundial es importante y bienvenida, es justo que los contribuyentes dirijan esta solidaridad a mecanismos que proporcionen un acceso real a los productos de salud, en lugar de mecanismos que contribuyan a los beneficios de las empresas farmacéuticas.
Las empresas farmacéuticas han demostrado que pueden actuar en contra del interés público abusando del proceso de patentes. Las empresas suelen solicitar una nueva patente sobre un medicamento ya existente para prolongar su control del mercado. Esta estrategia empresarial se conoce como «patente cada vez más verde». En algunos países, se pueden conceder patentes para un segundo uso médico de un medicamento que se ha vuelto a utilizar. Dado que muchas de las terapias candidatas para COVID-19 son medicamentos de uso repetido. Este es sólo un ejemplo de las formas en que las empresas farmacéuticas abusan del sistema de patentes del Acuerdo sobre los ADPIC en contra del interés público. No podemos permitir que esto ocurra durante la pandemia, necesitamos una exención.
Si no se menciona lo contrario, el análisis de Médicos sin Fronteras y del Movimiento para la Salud de los Pueblos se puede consultar en la sección de Referencias.