El Tribunal Supremo ha reiterado su doctrina sobre el reconocimiento médico como tiempo efectivo de trabajo tras conflicto colectivo en al empresa Ilunion Seguridad. USO analiza esta nueva sentencia, que, aunque reitera, no unifica su doctrina, así como la postura de la Inspección de Trabajo.
USO valora este fallo y está de acuerdo con su planteamiento. Las empresas deben tener asumido que los gastos que se generen en la protección de la salud de sus plantillas nunca deben recaer sobre estas. Este supuesto ahorro en costes preventivos puede generar riesgos para la salud e, incluso, mayores mermas económicas. No realizar los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores que procedan, conforme a la normativa sobre prevención de riesgos laborales, es una infracción grave conforme al art. 12.2 LISOS. Es el mismo caso que se estudiaba.
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