En relación a las consultas que nos están haciendo los compañeros/as interinos que actualmente ocupan plazas de refuerzo las cuales va a aflorar en plantilla, y puestos en contacto con el Jefe de Recursos Humanos de Consejeria, nos informa de lo siguiente:
- En principio no cabe cambio de nombramiento de refuerzo a vacante, toda vez no es el mismo puesto y solamente se puede dar en ese caso concreto.
- En el caso del refuerzo que se convierte en vacante, se extingue el puesto como refuerzo y se crea un nuevo puesto que es la vacante.
- Los refuerzos no son plazas de plantilla que pasa a vacante como puede darse el caso de una IT, que deriva en jubilación y se cambia el contrato del interino.
Por lo tanto, según lo tratado en mesa sectorial el pasado jueves respecto a los refuerzos con más de tres años que se van a convertir en plantilla y que nos trasladaron el listado que se componen de 142 plazas, una vez informe el C.G.P.J. y el T.S.J.A. y se apruebe por el Ministerio de Justicia, dichas plazas saldrán a comisión de servicios, produciéndose el correspondiente cese del personal interino en las plazas de refuerzo.