El TSX de Galicia da la razón a FAC-USO al defender que una opositora al Servicio de Salud no fue conveniente avisada de su examen. La justicia ha condenado a la Xunta a readmitir a la demandante en las bolsas de empleo temporal.
Una simple notificación por correo certificado no es suficiente para avisar de la fecha de examen a una aspirante a un puesto de trabajo en la Administración pública.
Es lo que se deduce de una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que acaba de darle la razón a una compañera de Lugo que en el año 2015 fue excluida de las listas de contratación temporal del SERGAS por no presentarse a una oposición para la que se habia inscrito previamente.
El examen se celebró el 24 de julio del 2015 y, la demandante no se presentó, porque no se enteró de la notificación, por lo que no solo perdió la oportunidad de conseguir la plaza, sino que la Xunta retiró su nombre de la lista de personas a las que llama para cubrir vacantes temporales.
En cuanto supo lo que había pasado, la mujer, que trabaja como auxiliar de enfermería, presentó un recurso de alzada. La Xunta lo desestimó con el argumento de que había sido correctamente avisada de la fecha del examen.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo falló el 16 de diciembre del 2016 contra la Xunta mediante una sentencia que argumenta que el mero envío de una carta certificada no es suficiente.
Los jueces dieron por buenos los argumentos de la demandante, que actuó asesorada por la Federación de Empleados Públicos de USO y aceptaba el resultado de aquellas oposiciones, pero no veía razones para que la excluyesen de la bolsa de contrataciones temporales del Sergas.
En la resolución judicial que ahora confirma la sentencia de Lugo, el Tribunal Superior de Galicia cita la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, que admite cualquier método eficaz para avisar de las fechas de las pruebas a los inscritos para participar en un proceso público de selección de personal.
Este último fallo ya es firme, así que la Xunta tiene que incorporar de nuevo a la demandante a las listas de contrataciones temporales del Sergas.