Tras casi dos años de negociaciones y casi setenta días de huelga el jueves 5 de octubre sindicatos y patronal (GESCA, LARES y ELBE) han firmado el texto del convenio colectivo para el personal de Residencias en Bizkaia
Estas son algunas de las mejoras alcanzadas en el preacuerdo de las condiciones laborales para mas de 5.000 trabajadoras en Bizkaia:
Vigencia de 5 años: desde 2021 a 2025
Salarios: IPC+4% en la vigencia del convenio. 2021 y 2022 serán las mismas tablas que en 2020 : ya para el 2023, el incremento será del 7,60% sobre tablas de 2020 e incremento lineal de 225 € para todas las categorías, de carácter consolidable e incorporado a las tablas del 2020 antes de aplicar el incremento del 2023. Abonable a alas personas que no hubieran suscrito una cantidad igual o superior a 225 € a lo lar5go de 2021 y 2022. Ello supone un incremento total del 8,78% para gerocultora en 2023.
Para el 2024, el incremento será de 5,10 %
Para el año 2025, desde el 1 de enero 5,10 % de incremento y en octubre de 2025 otro incremento con efectos a esa fecha, de manera que el salario alcance los 1.800 €/mes en 2025 para categoría de gerocultora a título ejemplo. Esto supone un incremento del 2,55 %.
Garantía mínima igual que en la actualidad para quienes tengan salario por encima de convenio y no hayan tenido incrementos a cuenta de este convenio.
Todo esto supone un incremento acumulado del 23,22 %, en torno al 4 % por encima de IPC, y se ve acompañado de una cláusula de garantía con efectos a partir de 1 de enero de 2026 para el supuesto de que IPC 2020-2024 sea superior a 19,56 %, supuesto en el que la diferencia se incorporaría a tablas con efectos a l de enero de 2026.
Además: Pluses de domingo y tramos de antigüedad se actualizarían igualmente a partir de 1 de enero de 2023 en base a las cuantías que se detallan en la propuesta que se ha entregado, con incrementos para 2023, 2024 y 2025 de conformidad con la propuesta entregada y con un incremento del 2 % para 1 de enero de 2026 tanto para el trienio como para el importe de la hora trabajada en domingo.
El resto de cuestiones se mantendrían en base al texto vigente con las adaptaciones legales necesarias, a salvo de las siguientes modificaciones:
Reducción de jornada voluntaria para quienes tengan menores a cargo de edades de entre 12 y 14 años; en el caso de que haya acuerdo individual con la empresa para dicha reducción habría un derecho de la persona trabajadora a reserva de la jornada original.
Permiso acompañamiento de 8 horas pasaría de 8 a 10 horas con la salvaguarda de que si la Ley de Familias lo mejora quedaría subsumido en lo que establezca dicha ley.
Obligación de sustituir desde el primer día para garantizar los requisitos mínimos de personal establecidos en la normativa de aplicación.
Compromiso de las firmantes de adoptar medidas para fomentar la contratación estable y de mejorar la empleabilidad.
Compromiso de las firmantes de información en empresas sobre las obligaciones existentes en materia de igualdad, así como compromiso de fomento del uso del euskera.
En definitiva:
Incremento de Pluses
Jornada: 35 horas/semana (1.592 horas/año) con 20 minutos de descanso dentro de la jornada, por lo que la jornada efectiva será de 1.520 horas
Garantía del empleo estable en el 85% de la plantilla.
Garantía de sustitución desde el primer día según normativa
Planes de Igualdad
Fomento del euskera
Si trabajas en el sector y tienes dudas sobre tu situación laboral contacta en Bizkaia en el 94 449 00 62 o en el 94 444 14 66
ADJUNTOS:
– Preacuerdo Convenio Tercera Edad Bizkaia.
– Tablas salariales 2023-2025.