El Juzgado de lo Social 3 de Barcelona ha reconocido como enfermedad profesional el contagio por COVID-19 de una auxiliar de geriatría de una residencia. Para el magistrado ponente, había un «riesgo probado de infección» derivado de la naturaleza del centro de trabajo.
Según comunicado del Poder Judicial del pasado 29 de septiembre de 2021, el Juzgado de lo Social 3 de Barcelona ha reconocido como enfermedad profesional el contagio por COVID-19 de una auxiliar de geriatría de una residencia para la tercera edad. La trabajadora estuvo de baja varios días y se le diagnosticó infección por coronavirus «no especificada».
Tanto la Seguridad Social como la mutua denegaron a la trabajadora el reconocimiento de su enfermedad como contingencia profesional argumentando que la normativa reguladora sobre la enfermedad no estaba en vigor cuando la trabajadora se contagió. No obstante, la pionera sentencia reconoce que en este caso había un «riesgo probado de infección» derivado de la naturaleza del centro de trabajo y «agravado por una situación de incumplimiento grave en materia de prevención y salud laboral pues».
La sentencia asegura que la demandante tenía un trabajo con una «clara exposición» al coronavirus y añade que en muy pocos días hubo varias infecciones de trabajadores del centro. Por eso, y por el hecho que la empresa no adoptó las medidas suficientes, «se ha de presumir que la demandante contrajo la enfermedad en el trabajo» y sería, por tanto, una enfermedad profesional.