El Tribunal Supremo declara el derecho a subsanar la falta de firma electrónica y registro de las solicitudes de participación en procesos selectivos

La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado el derecho de una mujer a que la Administración le dé un plazo de diez días para subsanar la falta de firma electrónica y registro de su solicitud para participar en un proceso selectivo, después de que aquella pensase erróneamente que, tras el mensaje “su solicitud se ha cursado con éxito” que generó la plataforma, había finalizado el proceso de inscripción.

El Alto Tribunal, en su sentencia de 1 de diciembre de 2021, reprocha que la Administración se intente escudar en el modo en el que ha sido diseñado el programa informático para eludir el cumplimiento de sus deberes frente a los particulares.

En concreto, el reciente fallo le da un plazo de diez días para que pueda subsanar la falta de la firma electrónica y el registro de su solicitud, y reconoce su derecho a participar en el repetido proceso selectivo.

Para mayor detalle, cabe indicar que la Letrada de la Junta de Andalucía alegó que el programa informático funcionó sin incidencias y advirtió que, si no se seguían todos los pases del mismo, la Administración no podía tener noticia de las solicitudes defectuosas.

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La reunión concluyó con la ratificación de un informe favorable relativo a la propuesta de complementos E4 presentada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Desde FAC-USO vemos estupefactos como los asuntos se dilatan sine die (todavía colea el encuadramiento 5 años después de la firma del IV Convenio), como sistemáticamente se incumplen los acuerdos y, los que tienen potestad para ello, no hacen absolutamente nada, mas allá de “preocuparse”.

Todo un despropósito de aquellos cuya subsistencia depende de que no “molesten” demasiado a la Administración.

Por ello cada día se hace más necesario que sindicatos independientes como USO puedan entrar a negociar, y con tu ayuda lo conseguiremos.