MUGEJU, MUFACE e ISFAS: Visado de recetas y dispensación de medicamentos hospitalarios durante el estado de alarma

En BOE del sábado 21 de marzo se publica resolución de la Mutualidad General Judicial, Orden SND/266/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social.

En virtud de dicha Orden, se establece lo siguiente:

  1. Se excepciona transitoriamente la obligación de estampillar el sello de visado de recetas previo a su dispensación en las farmacias de aquellos medicamentos sometidos a tal régimen. Por tanto, los mutualistas pueden acudir directamente a la farmacia para obtener aquellos medicamentos que necesitaban autorización previa por parte de MUGEJU. De esta forma, se garantiza que estos mutualistas no vean afectado su tratamiento por la declaración del estado de alarma.
  1. Respecto a los tratamientos con medicamentos sin cupón precinto dispensados en las farmacias de los hospitales concertados, MUGEJU ha ampliado los compromisos de pago a los hospitales actualmente vigentes, y cuyo plazo de vencimiento se produciría en marzo, abril y mayo de 2020, en un plazo de 1 año a contar desde su vencimiento.
  2. Las nuevas solicitudes de autorizaciones de tratamientos con medicamentos de dispensación hospitalaria sin cupón precinto seguirán tramitándose por el procedimiento ordinario.

Estas medidas serán de aplicación hasta que finalice la declaración  del estado de alarma y de sus posibles prórrogas.

MUFACE ha implementado también una fórmula por la que se garantiza el acceso a los medicamentos.

Los mutualistas que estaban obligados a sellar las recetas en las oficinas de MUFACE para la obtención de sus medicamentos, por precisar autorización, podrán adquirir sus medicamentos con receta directamente en la farmacia sin necesidad de hacer ese desplazamiento, debido al estado de alarma en todo el territorio nacional declarado por el Gobierno el pasado 14 de marzo (Real Decreto 463/2020, enlace a texto consolidado ), ante la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19..

La medida es de especial importancia, por cuanto, solo en 2019, se prescribieron con visado un total de 952.000 medicamentos, por un importe de 67,28 millones de euros.

En el BOE de 21 de marzo se publica la Orden SND/266/2020 por la que se establecen determinadas medidas para asegurar el acceso a la prestación farmacéutica del Sistema nacional de Salud al colectivo de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, que incluye el ámbito de MUFACE.

Entre otras, el Ministerio de Sanidad exime transitoriamente de la obligación de “estampillar el sello de visado de recetas de aquellos medicamentos sometidos (…) a reservas singulares consistentes en la imposición de visado” previo a su dispensación en la farmacia.

Asimismo, en atención a los mutualistas que no sean de opción pública, la Orden Ministerial faculta a cada mutualidad a garantizar el acceso a tratamientos con aquellos medicamentos sin cupón-precinto y que son dispensados en los servicios de farmacia de los hospitales privados concertados, con cargo al presupuesto de cada organismo (FDH).

Medicamentos y productos con visado: datos de interés.

Entre los medicamentos con mayor número de prescripciones que precisan visado figuran los antitrómbicos (anticoagulantes), con 330.00 envases; los absorbentes de incontinencia de orina (150.000 aprox.) y los productos dietoterápicos (89.000 aprox.) Le siguen los medicamentos para la demencia (70.000 aprox.), los antidiabéticos (60.000 aprox.) y los fármacos inmunosupresores –para la prevención de rechazos en trasplantes y tratamiento de enfermedades autoinmunitarias- con unos 56.000 envases.

Las medidas aprobadas hoy por el Gobierno se extenderán hasta el fin del estado de alarma y de sus posibles prórrogas.

Toda la  información se puede seguir en la web  de MUFACE , y en el Twitter @MUFACEOFICIAL, en dónde se irán actualizando  todas las novedades previstas en cuanto a farmacia y otras.

Medidas similares ha adoptado ISFAS para los mutualistas adscritos a dicho régimen.

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