Jueves, 23 de Marzo de 2023

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    Cuando un trabajador o trabajadora coge la baja durante sus vacaciones, tendrá derecho a disfrutar los días de vacaciones que hayan coincidido con la Incapacidad Transitoria en un momento posterior, una vez se reincorpore al trabajo.

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    La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha emitido una sentencia con la que sienta doctrina que afecta a una parte de las mujeres solicitantes del subsidio por desempleo para mayores de 55 años. El Supremo ha fallado que si una mujer no estaba trabajando cuando alumbró a sus descendientes, por cada uno de ellos habrá de simular que cotizó durante 112 días.

     
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    “Las nuevas medidas anticrisis no son malas, pero sí insuficientes, apuradas y tan a corto plazo que sus efectos durarán semanas, como ocurrió con la bonificación al carburante”, resume Joaquín Pérez, secretario general de USO sobre las últimas medidas anticrisis, “anunciadas, pero no plasmadas. No son malas, no estamos en contra de ellas. Pero tampoco podemos decir que sean la solución, porque no lo son. Con todo lo que está pasando y, sobre todo, con lo que todos sabemos que vendrá en septiembre, no se puede hacer política a una semana vista”.

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    El Tribunal Supremo ha dictado sentencia -421/2022 de 02/02/2022- en la que se confirma como nulo un despido en situación de incapacidad temporal (IT).

    El Juzgado de lo Social nº1 de A Coruña dictó sentencia estimando la demanda, en la que declaraba la nulidad del despido del trabajador. En dicho pronunciamiento, condenaba a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones laborales que tenía a fecha del despido y a abonarle los salarios dejados de percibir desde entonces a razón de 33,39 €/día, con un interés del 10 %.

    En la sentencia, el Juzgado da como probados lo siguientes hechos:

    • El trabajador prestaba servicios para una empresa, con contrato indefinido desde 2011.
    • El demandante cursó un proceso de incapacidad temporal por enfermedad común entre el 11/07/2017 y el 31/08/2017, con diagnóstico de trastorno de adaptación con ansiedad, iniciando nueva situación de IT por recaída, entre el 11/09/2017 y el 05/10/2017. Tras el alta, inició nueva situación de IT por recaída en fecha de 09/10/2017 y que a fecha de 14/06/2018 aún no había concluido, calificándose el mismo por el SERAS como de larga duración.
    • El 21/02/2018 la empresa entregó al trabajador una comunicación escrita por la cual le ponía en su conocimiento la decisión empresarial de dar por extinguida la relación laboral. Las causas alegadas eran disciplinarias: “disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado” y la “trasgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño de su trabajo”.
    • Se formuló recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que dictó sentencia en fecha 18 de enero de 2019, desestimándolo y confirmando el fallo.

    Razonamiento del Tribunal Supremo

    El Tribunal Supremo considera en su sentencia que el cese del trabajador constituye un despido nulo por discriminatorio, derivado de su situación de IT. La sentencia del TJUE de 1 de diciembre de 2016 delimita el concepto de discapacidad que ha de entenderse como referido a una limitación derivada en particular de dolencias físicas, mentales o psíquicas a largo plazo, que al interactuar con diversas barreras puede impedir la participación plena y efectiva de la persona en la vida profesional.

    La doctrina del Tribunal Supremo, en sentencia de 3 de mayo de 2016, señala que la condición personal de discapacidad se ha convertido en causa legal de discriminación a partir de la entrada en vigor de la Ley 62/2003 que ha dado nueva redacción al art. 4.2.c) ET, indicando que los conceptos de enfermedad y discapacidad no son coincidentes o equiparables.

    El Tribunal Supremo, en sentencia de 22 de febrero de 2018, expone que no todo cese en situación de enfermedad se ha de calificar como cese discriminatorio.

    En orden a la calificación de despido nulo en situación de IT reviste gran relevancia el carácter duradero de la situación de incapacidad para que pueda considerarse que el despido es discriminatorio por razón de la discapacidad, aunque sea aparente.

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    La Unión Sindical Obrera (USO) y la Hermandad Obrera de Acción Católica (HOAC) han mantenido una reunión con el objetivo de estrechar lazos y compartir preocupaciones sobre el mundo del trabajo. En el encuentro han participado Joaquín Pérez, secretario general de USO y la secretaria de Acción Sindical y Empleo, Sara García; y por la HOAC Maru Megina, Fernando Díaz y Paco Álamos, presidenta, consiliario y responsable de Compromiso, respectivamente.

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    La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Tamara Ćapeta estima que las empresas deben sufragar los gastos de gafas graduadas que tengan que hacer los empleados que trabajen con pantallas de visualización.

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    El IPC confirma su máxima subida en prácticamente cuarenta años y cierra el primer semestre de 2022 en un 10,2 % de inflación, con especial incidencia en los alimentos. Un IPC que “empobrece aún más a los trabajadores y demuestra que los efectos de las políticas de remiendos duran un mes”, manifiesta Joaquín Pérez, secretario general de USO.

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    La vicepresidenta tercera y consejera de Acción Social del Cabildo de Tenerife, Marián Franquet, se ha reunido con representantes del comité de empresa de las trabajadoras del Servicio Insular de Atención a Mujeres (SIAM) de la empresa Mundo Nuevo y con Sandra Tarín Herrera en representación del sindicato USO-CANARIAS, para analizar y evaluar los servicios y la atención que se presta a las mujeres y menores víctimas de violencia de género.

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    Os recordamos el Convenio de Colaboración firmado entre Paradores de Turismo de España y USO, por el cual, los afiliados y afiliadas de la USO podrán acceder a una promoción exclusiva obteniendo un 15% de descuento sobre “Tarifa Parador”, en régimen de alojamiento y desayuno en habitación estándar.

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    Sotermun lanza la 11ª edición de su Concurso Fotográfico “Trabajo decente para una vida digna”, con recepción de obras hasta el 15 de septiembre.

     

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