El tiempo prestado en las Fuerzas Armadas en el Servicio Militar Obligatorio, computa a la hora de la jubilación

El Ministerio de Defensa, a través de sus Delegaciones y Subdelegaciones de Defensa (DD/SDD), emite diversas certificaciones en relación con los servicios prestados en las Fuerzas Armadas (FAS), que varían dependiendo de las diferentes modalidades de vinculación (Militar de Carrera, Militar de Empleo, Servicio Militar Obligatorio, etc), de su finalidad (jubilación, trienios, etc), o de otros aspectos.

Todo el proceso, desde la solicitud hasta la recepción del correspondiente certificado, es susceptible de realizarse de forma telemática, abreviándose los plazos de tramitación y resolución, así como el coste y molestias para los solicitantes, quienes evitan tener que desplazarse hasta las instalaciones de las Delegaciones/Subdelegaciones.

Con la finalidad de facilitar todo el proceso, a continuación explicamos  los diferentes tipos de certificaciones, así como los procedimientos a seguir para su remisión a las Delegaciones/Subdelegaciones.

  1. TIPOS DE CERTIFICACIÓN.
  •    Certificado de Servicios prestados a efectos de cómputo recíproco.

–     ¿Quién lo puede solicitar?: quien realizó el Servicio Militar Obligatorio (SMO), y posteriormente se vinculó profesionalmente con las FAS.

–     ¿Para qué sirve?: permite contabilizar el tiempo al servicio de las FAS en la determinación de la fecha de jubilación, así como en el cálculo de la pensión correspondiente ante la Seguridad Social (SS).

–    Documentación: Copia de la Cartilla Militar (solo de las hojas cumplimentadas).

Observaciones: Es necesario que el tiempo prestado en el SMO supere los 24 meses, y que se hubiese vinculado como profesional antes del 2011.

  •    Certificado de Jubilación anticipada.

–    ¿Quién lo puede solicitar?: quien haya realizado el SMO.

–     ¿Para  qué  sirve?:  permite  contabilizar el  tiempo  realizado en  el  SMO  para determinar la fecha de jubilación, mediante su presentación ante la SS.

–    Documentación: Copia de la Cartilla Militar (solo de las hojas cumplimentadas).

–    Observaciones:

  •  No tiene efectos para el cálculo de la pensión de jubilación.
  •  El tiempo máximo que se puede contabilizar, por Ley, es de un año.
  • Certificado de Servicios prestados en las Fuerzas Armadas.

–     ¿Quién  lo  puede  solicitar?:  Quien  haya  realizado  el  SMO,  o  haya  estado vinculado profesionalmente con las FAS.

–     ¿Para qué sirve?: Para acreditar que se ha realizado el SMO, o las funciones desarrolladas en las FAS, para su presentación en procesos selectivos y ofertas de trabajo ante Administraciones Publicas, o empresas privadas.

–    Documentación:

  •  Copia de la Cartilla Militar (solo de las hojas cumplimentadas).
  •  Cualquier documentación recibida durante el SM.

–    Observaciones:

  •  No tiene efectos económicos, ni sirve para descontar tiempo para la jubilación. o La certificación se realiza sobre la base de la documentación aportada por el interesado, de la existente en su expediente personal, y de la que proporcionan las Unidades en que estuvo destinado.
  •  Solo puede certificarse aquello de lo que exista respaldo documental.
  • Certificado de Exención del Servicio militar obligatorio.

–    ¿Quién lo puede solicitar?: quien haya sido declarado exento de realizar el SMO.

–     ¿Para qué sirve?: Permite certificar que no se ha realizado el SMO, y el motivo de la exención.

–     Documentación: Copia de la Cartilla Militar (solo de las hojas cumplimentadas) o cualquier documentación dada.

–    Observaciones:  No  se  pueden  extender  certificaciones  a  los  Objetores  de Conciencia, ya que no dependen del Ministerio de Defensa.

  •   Certificado de Servicios previos de tiempos a efectos de trienios.

–    ¿Quién lo puede solicitar?:  Quien haya realizado el SMO, y tuviese adquirida la condición de funcionario (en cualquier administración pública) con carácter previo al inicio del SMO. Quien haya estado vinculado profesionalmente con las FAS, y sea (o haya sido) funcionario (en cualquier administración pública).

–     ¿Para qué sirve?: Permite computar el tiempo vinculado con las FAS para el reconocimiento de trienios, ante la Administración Publica a la que pertenece.

–    Documentación:

  •   Copia del título de funcionario, o Certificación del Centro u Organismos donde ejerce (ha ejercido) sus funciones (Obligatorio).
  •  Fotocopia legalizada de la Hoja de Servicios, o del Expediente Personal Militar.
  •  Copia de la Cartilla Militar (solo de las hojas cumplimentadas).
  1. DOCUMENTACIÓN Obligatoria:

–     Instancia debidamente cumplimentada y firmada (de forma digital, o manual, según el procedimiento de presentación), cuyo modelo puede solicitarse a la dirección disponible en la delegación de defensa de tu comunidad 

–    Copia del DNI (ambas caras).

Aconsejable. Copia de la documentación militar/civil disponible. Se resalta la importancia de aportar la documentación disponible, ya que simplifica y abrevia los trámites, y disminuye los plazos para la expedición y remisión del certificado.

El hecho de acompañar la copia de la Cartilla Militar (por ejemplo) supone que un certificado se puede realizar en unos 10 días, mientras que si no se dispone de ella, implica tener que solicitar informes y antecedentes cuya gestión puede requerir hasta cuatro meses.

  1. PROCEDIMIENTOS DE SOLICITUD

Existen cuatro formas de presentar la solicitud, siendo preferible utilizar la vía telemática:

A)   Por vía telemática (existen dos opciones):

  1. A través de la Sede electrónica del Ministerio de Defensa:  https://sede.defensa.gob.es/acceda/prehome.html

Observaciones: Para  acceder  es  necesario autenticarse con  un  certificado digital, o mediante el sistema de usuario y contraseña (FNMT, DNIe, Cl@ve). Posteriormente deberá elegir: “Registro electrónico común”, y rellenar los datos que le vayan solicitando.

En la elección del organismo destinatario, en el buscador deberá marcar:

  •          Nivel de administración: Estatal
  •          Ministerio de Defensa, y posteriormente Ministerio de Defensa.

Una vez cumplimentados todos los campos, puede añadir los documentos de que disponga en formato digital.

  1. Remitiendo directamente la instancia cumplimentada, y firmada digitalmente, así como el resto de documentación, a la dirección de correo electrónico: rg.sddtf.simendef@mde.es

Observaciones: Para firmar digitalmente la instancia es necesario poseer un certificado digital (FNMT, DNIe).

B)   Presencialmente (existen dos opciones):

  1. En las oficinas de asistencia en materia de registro (o de atención al ciudadano), disponibles en organismos gubernamentales (de nivel estatal, autonómico, o locales), o en oficinas de correos (puede consultar las existentes en el enlace:

https://administracion.gob.es/pagFront/atencionCiudadana/oficinas/encuentraOficina.htm#.Xr0oUmZYYbo).

Observaciones. Una vez presentado en la oficina elegida, deberá:

  •     Presentar los originales para su escaneo y posterior trámite.
  •     Solicitar que el envío de la documentación se dirija a la Delegación de Defensa de Canarias, a través del sistema de registro: GEISER, SIR, o ORVE.
  1. Directamente en la Subdelegación de Defensa de la Provincia, aportando la documentación solicitada en formato papel, para lo cual deberá solicitar cita previa (indicando nombre, DNI y motivo), bien por correo electrónico a la delegación de Defensa de tu comunidad o a través del teléfono de que disponga, cada delegación.
  2. ENTREGA DEL CERTIFICADO.

Todos los certificados que se emiten son digitales, teniendo plena validez ante cualquier organismo público o privado.

  •      Su  remisión se  realizará a  la  dirección de  correo electrónico facilitada en  la instancia.
  •      Caso de no disponer de correo electrónico se le remitirá un SMS para avisarle, debiendo solicitar cita previa en la delegación de Defensa de tu comunidad.
  1. OBSERVACIONES:
  •      La solicitud, emisión y entrega de los certificados es gratuita.
  •      Para cualquier consulta puede dirigirse a la Subdelegación de Defensa en su Provincia   (Área   de   Reclutamiento),   a   través   de   los medios de los que dispongan, correo electrónico, o del teléfono del que dispongan en esa delegación.
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