Ley de reducción de la temporalidad en el empleo público: la urgencia ganó a la eficacia

La Federación de Atención a la Ciudadanía de USO lamenta las inconcreciones de la ley de reducción de la temporalidad en el empleo público, que abren nuevas vías de precariedad.

El BOE publica el pasado 29 de diciembre Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Una ley que por primar “las medidas urgentes”, se ha quedado “en una chapuza elevada a rango de ley y una oportunidad perdida para dejar resuelto un problema que afecta a miles de trabajadores y que ha sido obra de todos y cada uno de los gobiernos, sin excepción”, apunta Luis Deleito, secretario general de la Federación de Atención a la Ciudadanía de USO.

Como punto positivo de la norma, FAC-USO destaca “que se haya tomado como base de la solución el propio Trebep, los puntos 6 y 7 del artículo 61. USO ha sido el único sindicato en proponer esa solución, que ya estaba aprobada y consensuada dentro del texto legal que ya regía el conjunto de las Administraciones Públicas. Positivo desarrollarlo; eso sí, han tardado seis años en hacerlo, desde su aprobación en octubre de 2015”.

La ley no obliga a las AAPP a ejecutar los procesos selectivos

Entre los muchos fallos e inconcreciones de la ley, FAC-USO destaca que “sigue sin obligar al conjunto de las Administraciones a que realicen los procesos que marcan para la consolidación inmediata del empleo. Muchas de ellas ya han dicho que no van a realizar ningún proceso. Arguyen motivos económicos; pero, eso sí, van a seguir pagando nóminas de personas contratadas en fraude de ley. Una práctica que, de llevarla a cabo una empresa privada, conllevaría una sanción inmediata. Se establece una responsabilidad para las AAPP que no cumplan con las normas, pero no para las personas que están a su mando y deciden no ejecutarlas. Mandos y responsables políticos que están generando nuevas bolsas de precariedad”, señala Deleito.

En cuanto a las indemnizaciones a los trabajadores perjudicados por la Administración, la ley las fija en 20 días. Sin embargo, ya hay juzgados que están sancionando con 33 días. “Tampoco en estas sanciones figuran los gestores que han incumplido la ley y que han permitido o patrocinado nombramientos fraudulentos, en lugar de velar por los plazos y publicar convocatorias de OPE”.

5 años: los privilegios del sector público

La Federación de Atención a la Ciudadanía de USO considera lo más sangrante de la ley el plazo de 5 años. “La jurisprudencia considera que, a partir de los 3 años, ya existe fraude de ley. Además, la propia Ley limita también a 3 años el máximo que puede estar un funcionario interino. Entonces, ¿por qué los concursos solo van a estabilizar a quienes lleven un mínimo de 5 años? Es un contrasentido y la expresión máxima de ‘quien hizo la ley hizo la trampa’, que nos obligará a presentar miles de reclamaciones individuales en los juzgados”.

Reforma solapada del EBEP: nueva forma de perpetuar la temporalidad

La nueva ley avanza por un camino lo que retrocede por otro. FAC-USO advierte de un cambio normativo que ha pasado inadvertido y que sigue dejando abierta la puerta de la temporalidad en la Administración.

Con el texto publicado hoy, se reforma el artículo 10 del EBEP, en su punto 4. En virtud de este, el funcionario interino puede quedarse prestando servicios como interino después de los 3 años, siempre que la Administración haya convocado un concurso para cubrir su plaza y la misma quede desierta.

El personal laboral, sin regulación específica

Otra inconcreción de la ley se da con respecto al personal laboral. La Ley pasa de puntillas sobre este colectivo y se limita a decir que “se aplicarán las mismas normas al personal laboral”. Sin embargo, “esto es como no decir nada. La naturaleza de la relación es distinta y la casuística que puede darse en el personal laboral, con la multiplicidad de contratos y tipos de relaciones laborales existentes, debe contemplar muchos supuestos distintos. Dependiendo de cómo se produzcan los procesos de consolidación en las diferentes AAPP, puede dar lugar a numerosa litigiosidad por no estar regulado en consecuencia”, sopesa el secretario general de USO.

La culpabilidad no entiende de signo político

FAC-USO lamenta que ningún partido político ni Administración haya buscado poner a cero el contador de la temporalidad. La Federación recuerda que “todos los partidos gobernantes y gestores políticos, en todos los ámbitos de la Administración, son culpables y partícipes de esta situación de precariedad en el empleo público. Nunca se ha tenido una visión de futuro en cuanto a personal de las Administraciones Públicas, se han ido pasando la pelota junto con la cartera ministerial, de consejería o el acta de concejal. Han remendado la situación a corto plazo con mayor temporalidad y ahora nos abocan a defender a miles de trabajadores que se han quedado en el limbo. Desde USO avisamos de que nos vamos a ver en los tribunales”.

 

 

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