Como muestra de la gran cantidad de mascarillas que se están comercializando sin cumplir las condiciones mínimas de seguridad que deben reunir estos equipos, adjuntamos estudio de fecha 15 de enero de 2021 del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Valencia (INVASSAT) que identifica un extenso listado de mascarillas “no conformes”.
Desde la FAC–USO observamos que la gran mayoría de “mascarillas no conformes” proceden de la República Popular China. Aunque también de otros países como Reino Unido, Francia, Rumanía, Ucrania, etc.
Este documento se centra solamente en las mascarillas calificadas técnicamente como “Equipo de Protección Individual” (EPI). Por lo que no se analizan las mascarillas higiénicas ni las quirúrgicas que no tienen tal consideración. (Tampoco las de tela u otros materiales). Pero podemos suponer que si las calificadas como “equipo de protección individual” evidencian estas carencias cabe esperar lo mismo de mascarillas de “inferior rango”.
Indica el INVASSAT que las mascarillas que se listan “ofrecen serias dudas sobre su eficacia protectora”. Motivo por el que conviene que estemos informados para descartar que estemos haciendo uso de algunas de las catalogadas en este estudio como “no seguras”.
Así, se observan que se han comercializado mascarillas con valores de filtración de partículas ≥ 35% o con otros defectos que las hacen no solo inútiles sino posiblemente “peligrosas” ya que, como indican los técnicos del INVASSAT en el documento, “el usuario espera una protección que posiblemente no proporciona el producto”. Lo que lleva a que algunos pueden exponerse a situaciones que, de no llevar mascarilla, no harían. “Aumentando el riesgo de infección si no se combina con medidas de protección adicionales”. Llegándose a calificar en el documento a algunas mascarillas directamente como “riesgo para la salud” por ello.
De igual modo se puede comprobar que muchas de las mascarillas “no conformes” llevan, de hecho, marcado CE. Lo cual se ve que ya no es garantía suficiente ya que “no está certificado como equipo de protección por el organismo competente. El producto no cumple el Reglamento sobre equipos de protección individual”.
Cuestiones como ésta son las que desde la FAC–USO nos llevan a concluir sobre la necesidad de que las mascarillas sean adquiridas por las empresas para su distribución gratuita entre sus trabajadores como única forma de garantizar que se hace uso de mascarillas homologadas y “útiles”. Exigiendo, por supuesto, que las empresas verifiquen que compran mascarillas homologadas y conformes a la normativa.