El fallecimiento por infarto durante el teletrabajo debe considerarse accidente laboral

Una reciente sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco considera accidente laboral el fallecimiento de un trabajador por infarto mientras trabajaba a distancia desde su domicilio.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en su sentencia 1075/2020, de 15 de septiembre de 2020, ha considerado accidente laboral el fallecimiento por infarto de un comercial que desarrollaba el trabajo a distancia desde su domicilio.

USO analiza en un interesante documento las consecuencias de la citada sentencia.

 

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