En 2023 entraron en vigor una serie de novedades respecto a los procesos de incapacidad temporal (IT) y su gestión. Entre estas novedades se encuentra el hecho de que la persona trabajadora ya no tiene que enviar copia de los partes de baja, confirmación y alta del proceso a la empresa, desde el 1 de abril. ¿Pero se debe avisar de la baja?
Aunque el trabajador ya no está obligado a enviar los partes de baja o alta, la Audiencia Nacional entiende que sí debe avisar a la empresa si lo recoge el convenio.
Desde USO te recordamos que estamos a tu disposición para ayudarte y orientarte acerca de todas las novedades legislativas. Si tienes cualquier duda, acude a tus delegados y delegadas para poder trasladarles tus preguntas y poder ofrecerte la ayuda que necesitas.
Lee aquí la noticia completa