La Defensora del Pueblo reclama una legislación sindical menos excluyente

La Defensora del Pueblo ha respaldado las reclamaciones que USO Murcia venía realizando desde hace años para conseguir que el Gobierno murciano le diera el mismo reconocimiento que a UGT y CCOO, considerados sindicatos mayoritarios. En este sentido, se ha instado a tratar por igual a todos los sindicatos sin excepción.

USO Murcia viene presentando desde hace años reiteradas quejas acerca de las subvenciones nominativas que cada año reciben UGT, CCOO y la patronal CROEM.

Desde 1996, el Gobierno de la Región de Murcia ha suscrito con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas varios pactos para contribuir a la mejora del empleo, por la que reciben una asignación nominativa.

Igualmente, entre las medidas acordadas en los pactos figura un Programa de Ayuda que se concreta en subvenciones para fomentar y consolidar las estructuras representativas o asociativas y la defensa de los intereses de las centrales sindicales y organizaciones empresariales.

El Gobierno murciano ha justificado dichas subvenciones con el objetivo de hacer posible la participación social de las

organizaciones sindicales y empresariales, para cuya concesión se aplicó el criterio de mayor representatividad.

Resultado de estas reclamaciones, la Defensora del Pueblo ha remitido un informe al Gobierno murciano pidiéndole que no excluya a USO porque cuenta con “representación suficiente”, cercana al 10%.

La institución que dirige Soledad Becerril ha recordado al Ejecutivo murciano que “la plena efectividad de los derechos sindicales aconseja que se posibilite la participación de los sindicatos con representación suficiente, además de los que ostentan la condición de más representativos, tanto en la negociación de pactos y acuerdos como en las subvenciones derivadas de éstos”.

La Defensora considera que aplicar el criterio de mayor representatividad como exclusivo y excluyente “podría restar

efectividad a los derechos que se derivan de la interpretación conjunta de los articulos 14 y 28.1 de la Constitución Española relativos al principio de igualdad de la libertad sindical”.

En un gran número de comunidades autónomas existen leyes de participación ciudadanas que, a modo de subvenciones encubiertas, vienen a excluir al resto de las organizaciones sindicales y reproducen el marco sindical dual excluyente que establece la LOLS

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