FAC-USO: Administración electrónica o el harakiri de algunos servicios públicos

La Administración Electrónica se conceptúa como el derecho de los ciudadanos -reconocidos por Ley- a establecer relaciones electrónicas con la Administración.

Así lo establece la Exposición de Motivos de Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Dejar claro que en la FAC-USO estamos totalmente a favor del desarrollo de medios y sistemas electrónicos e informáticos que faciliten y acerquen la Administración a los ciudadanos, como una alternativa más en el ofrecimiento de unos Servicios Públicos de Calidad.

La citada Ley establece algunas de las características fundamentales que debe de reunir la Administración Electrónica, a saber:

  • Se configura como un derecho para el ciudadano, no como una obligación.

  • Las obligaciones que impone la Ley son para la Administración.

  • La Ley parte del principio de libertad de los ciudadanos en la elección de la vía o canal por el que quieren comunicarse con la Administración.

  • Consecuentemente la existencia y/o de utilización de medios electrónicos no puede significar merma alguna del derecho del interesado en un expediente a acceder al mismo en la forma tradicional.

  • La Administración debe de garantizar que aquellos ciudadanos que así lo quieran dispongan de los medios adecuados para seguir comunicándose con la Administración con los mismos derechos y garantías.

  • La Ley establece entre otros, el principio de igualdad, para que la utilización de comunicaciones electrónicas con las Administraciones Públicas no implique una discriminación para los ciudadanos que se relacionen con la Administración por medios no electrónicos.

Hasta aquí, todo se nos antoja correcto, pero ¿se están cumpliendo con estas exigencias en la implantación de la Administración Electrónica en todas las Administraciones Públicas, o por el contrario se está haciendo una implantación interesada de la misma, con la vista puesta en la consecución de otros objetivos, vulnerando los derechos de los que tenían que ser los únicos beneficiados del sistema, o sea, los ciudadanos?

La respuesta, a entender de FAC-USO y a partir de la información y quejas que nos estáis trasmitiendo muchos compañeros y ciudadanos -directamente afectados- no puede ser más desalentadora.

Hemos detectado que se están dando instrucciones en muchos Centros de Trabajo con atención presencial de desviar a los ciudadanos que acuden a los mismos al hacer algún trámite hacia la atención telemática, derivándoles por la vía del “convencimiento” -de forma un tanto engañosa- diciéndoles que esa información la pueden obtener mediante sistemas informáticos, ocultándole que el trámite también se puede gestionar presencialmente en ese momento, forzando su alta en el sistema, cediéndoles para ello el ordenador del funcionario en cuestión, o desviándolo al ordenador a disposición del público.

Esto, que a nosotros nos parece del todo punto inmoral, se está haciendo en cumplimiento de criterios y ordenes -casi siempre verbales- de algunos responsables de diferentes Unidades, y con advertencias al funcionario de que de no hacerlo así, se va a ver comprometida su productividad, o lo que es lo mismo, sus retribuciones.

A nadie se le escapa aquellas campañas, que con un cierto grado de engaño, dirigían al ciudadano a otras vías -telefónicas e informáticas- para la obtención de, por ejemplo, una vida laboral.

Ahora parece que le ha tocado a los autónomos, negándoles la posibilidad de formalizar altas, certificados de cotizaciones, o determinadas liquidaciones, de forma presencial, desviándolos a la gestión vía Internet o al Sistema RED.

El ciudadano, que no está familiarizado con estos sistemas electrónicos, o no dispone de los mismos, o prefiere hacerlo presencialmente, se ve obligado a recurrir a gestorías y/o a profesionales y/o a adquirir sistemas informáticos y módulos de gestión, para realizar gestiones y/o tramites que antes podía realizar de forma presencial ante la Administración, con funcionarios que le asesoraban de forma totalmente gratuita.

Paralelamente se está dando una externalización sistemática de estos Servicios de Administración Electrónica, que terminan siendo prestados por Empresas Externas, mediante contratos y/o concesiones administrativas, lo que supone un claro detrimento en la calidad de la prestación del mismo, además de un incremento en sus costes-

Desde FAC-USO vamos a continuar DENUNCIANDO públicamente estas prácticas “seudo mafiosas para con los ciudadanos” para lo que os pedimos que nos hagáis llegar las situaciones de este tipo de las que tengáis conocimiento, así como que -ante la duda razonable sobre su legalidad- exijáis que las instrucciones y/o criterios os los den por escrito.

Porque si finalmente el administrado interpone una queja y/o denuncia por una actuación incorrecta por parte del empleado público que le atendió, la amonestación y/o el expediente y/o la sanción casi con toda seguridad será por cuenta del mismo…

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