MODIFICADO EL PROCEDIMIENTO DE APERTURA DE CUENTAS EN ENTIDADES BANCARIAS PARA EL PAGO DE HABERES DEL PERSONAL DE LA AGE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica un Decreto del 28 de febrero de 1974, por el que se dispone el pago de haberes y retribuciones al personal en activo de la Administración del Estado y los organismos autónomos a través de establecimientos bancarios o cajas de ahorro.

Este Real Decreto persigue adecuar la regulación de la apertura de cuentas de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las agencias estatales, para adaptarla a la Ley de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa del 16 de septiembre de 2014. En particular, se regulan dos procedimientos para la apertura de cuenta: mediante contrato individualizado adjudicado por el centro gestor por procedimiento negociado previa autorización de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera; y mediante contrato individualizado derivado de un acuerdo marco sobre contratación centralizada. Estos procedimientos permiten una más eficiente gestión de los fondos.

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