El Tribunal Supremo fija doctrina por la que el complemento de maternidad tienen derecho a cobrarle ambos progenitores. Este complemento le pertenece a todos los hombres o mujeres con pensión de jubilación, de incapacidad o viudedad, causadas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
Con esta sentencia del TS se resuelven los más de 60 recursos que estaban ganados por USO en el Tribunal de Justicia de Cantabria y que están recurridos por el INSS al alto tribunal.
El sindicato espera que, una vez resuelta la controversia jurídica, el INSS arbitre las medidas necesarias para que, a la mayor brevedad de tiempo, los pensionistas afectados puedan cobrar sus atrasos económicos que de media supone más de 6.000 euros.
Con esta sentencia se está a punto de culminar el proceso iniciado por el sindicato USO en Cantabria del que ya se han beneficiado más de 500 pensionistas, reportando para la economía de la comunidad autónoma de Cantabria una cantidad que superan los 12 millones de euros en incremento de rentas de los pensionistas.
El pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su fijación de doctrina, desestima los recursos del INSS, fijando la doctrina más acorde con la jurisprudencia relativa a como “finalizar con las situaciones discriminatorias que había dictado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que no puede ser eliminando el derecho en cuestión, sino expandiendo su titularidad a los colectivos que habían sido discriminado”.