Coincidiendo con el Día Internacional de las Personas Migrantes -el pasado 18 de diciembre- se realizó la Primera Consulta sobre el Pacto Mundial para la Migración segura, ordenada y regular que ha organizado la actual Agencia de las Naciones Unidas. USO participó en el grupo de trabajo sobre derechos humanos, inclusión y cohesión social, y formas de discriminación, racismo, xenofobia e intolerancia.
Este Pacto Mundial proviene del acuerdo de la Cumbre de las Naciones Unidas que se celebró el 19 de septiembre de 2016, donde Jefes de Estado y de Gobierno de 193 países reiteraron los compromisos de la comunidad internacional con los derechos de las personas migrantes y los refugiados. Estos compromisos finalmente fueron recogidos en la Declaración de Nueva York sobre Refugiados y Migrantes y se abrió un proceso para desarrollar un Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, que conduzca a una conferencia internacional en 2018 para su adopción.
El Pacto no crea ni pretende crear una normativa mundial sobre la migración, sino más bien se espera que tenga la capacidad para identificar medidas concretas que faciliten la implementación de los acuerdos internacionales ya existentes y con ello, mejorar la gobernanza mundial en la persecución de un mundo donde las personas se mueven por su elección genuina y no por necesidad.
Así, algunas de estas medidas se traducen en la necesidad de: establecer y/o facilitar vías de migración regular; mejorar el reconocimiento de las capacidades y las competencias de los migrantes; aumentar las oportunidades de reagrupación familiar; mejorar la cooperación relativa al retorno voluntario y readmisión; y crear medidas más resistentes para combatir el racismo y la xenofobia.
Existen voces, como la Red Sindical de Migraciones del Mediterráneo y Subsaharianas, a la que también pertenece USO, que se han mostrado críticas con este posible Pacto si viene acompañado en la práctica con menor exigencia para implementar los instrumentos internacionales ya aprobado, como podría ser la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.